Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19).
BOJA-b-2020-90175 · Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2020-05-18 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Decreto-ley 13/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-23.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 13/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-05-18
- Publicación
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 27, 2020-05-18
- Entrada en vigor
- 2020-05-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-23
- Artículos
- 128
- Identificador BOE
- BOJA-b-2020-90175
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
I
En las últimas semanas, atendiendo a la evolución de la crisis sanitaria, y a las consecuencias derivadas del estado de alarma establecido mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se han ido aprobando por este Gobierno diversas medidas económicas y sociales de amplio alcance, dirigidas a proporcionar liquidez a la economía, mantener el empleo, así como proteger a las familias y a las personas más vulnerables.
El estado de alarma aprobado mediante el citado real decreto, entre otras cuestiones a las que afecta, restringe la libertad de circulación de personas, modificando la forma de trabajar de muchas de ellas, determina el cierre de centros educativos, prevé medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- Artículo 4. Acceso a los establecimientos hoteleros.
- Artículo 5. Unidad de explotación.
- Artículo 6. Compatibilidad en el mismo inmueble de distintos grupos o tipos de establecimientos de alojamiento turístico.
- Artículo 7. Contenido de la clasificación.
- Artículo 8. Grupos de establecimientos hoteleros.
- Artículo 9. Categorías.
- Artículo 10. Modalidades.
- Artículo 11. Especialidades.
- Artículo 12. Sistema de clasificación.
- Artículo 12 bis. Medidas de racionalización y uso eficiente del agua y la energía.
- Artículo 13. Placas identificativas.
- Artículo 14. Hoteles.
- Artículo 15. Hoteles-apartamentos.
- Artículo 16. Hostales.
- Artículo 17. Pensiones.
- Artículo 18. Albergues.
- Artículo 19. Contrato de alojamiento turístico.
- Artículo 20. Documento de admisión.
- Artículo 21. Precios y reservas.
- Artículo 22. Cancelaciones.
- Artículo 23. Factura.
- Artículo 24. Sobrecontratación.
- Artículo 25. Reglamento de régimen interior.
- Artículo 26. Período de ocupación de las unidades de alojamiento.
- Artículo 27. Inspección.
- Artículo 28. Régimen sancionador.
- Artículo 29. Comité Director de Alertas.
- Artículo 30. Composición del Comité.
- Artículo 31. Funciones del Comité.
- Artículo 32. Activación y desactivación del Comité.
- Artículo 33. Grupo Asesor de Análisis y Seguimiento.
- Artículo 34. Composición del Grupo Asesor de Análisis y Seguimiento.
- Artículo 35. Comité de Coordinación Territorial.
- Artículo 36. Funcionamiento.
- Artículo 37. Grupos Operativos.
- Artículo 38. Gabinete de Comunicación.
- Artículo 39. Simulacros.
- Artículo 40. Objeto.
- Artículo 41. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 42. Obligatoriedad de la utilización del Sistema.
- Artículo 43. Alcance del Sistema.
- Artículo 44. Tramitación electrónica de los procedimientos competencia del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.
- Artículo 45. Objeto.
- Artículo 46. Medidas en materia de subvenciones a las federaciones deportivas andaluzas.
- Artículo 47. Medidas relativas a los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas 2020.
- Artículo 48. Objeto.
- Artículo 49. Régimen jurídico.
- Artículo 50. Disponibilidades presupuestarias.
- Artículo 51. Régimen de compatibilidad de las subvenciones.
- Artículo 52. Personas beneficiarias.
- Artículo 53. Conceptos subvencionables e importe de las subvenciones.
- Artículo 54. Obligaciones de las personas beneficiarias.
- Artículo 55. Régimen de concesión.
- Artículo 56. Solicitud.
- Artículo 57. Medio de presentación de solicitudes.
- Artículo 58. Documentación acreditativa.
- Artículo 59. Comprobación de requisitos para la concesión de las subvenciones.
- Artículo 60. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 61. Subsanación de solicitudes.
- Artículo 62. Órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución.
- Artículo 63. Tramitación.
- Artículo 64. Resolución del procedimiento.
- Artículo 65. Notificación.
- Artículo 66. Forma de pago, justificación y régimen de control.
- Artículo 67. Modificación de la resolución de concesión.
- Artículo 68. Reintegro.
- Artículo 69. Régimen sancionador.
- Artículo 70. Régimen jurídico.
- Artículo 71. Disponibilidades presupuestarias.
- Artículo 72. Régimen de compatibilidad de las subvenciones.
- Artículo 73. Entidades beneficiarias.
- Artículo 74. Concepto subvencionable e importe de las subvenciones.
- Artículo 75. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
- Artículo 76. Régimen de concesión.
- Artículo 77. Solicitud.
- Artículo 78. Medio de presentación de solicitudes.
- Artículo 79. Documentación acreditativa.
- Artículo 80. Comprobación de requisitos para la concesión de las subvenciones.
- Artículo 81. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 82. Subsanación de solicitudes.
- Artículo 83. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución.
- Artículo 84. Tramitación.
- Artículo 85. Resolución del procedimiento.
- Artículo 86. Notificación.
- Artículo 87. Forma de pago y justificación.
- Artículo 88. Modificación de la resolución de concesión.
- Artículo 89. Reintegro.
- Artículo 90. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Exenciones.
- Disposición adicional segunda. Especialidad albergues en modalidad rural.
- Disposición adicional tercera. Análisis prospectivo de situaciones de alerta y planes de contingencia y de recuperación.
- Disposición adicional cuarta. Utilización de medios electrónicos en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulado en el Decreto …
- Disposición adicional quinta. Adopción de medidas excepcionales en relación con la formación y actividades del alumnado de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y de las …
- Disposición adicional sexta. Abono del 100% de la subvenciones.
- Disposición adicional séptima. No aplicación de la suspensión de los plazos administrativos prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado …
- Disposición adicional octava. Convocatoria de las subvenciones.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de hoteles y hoteles-apartamentos.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de hostales y pensiones.
- Disposición transitoria tercera. Establecimientos hoteleros con el calificativo de Gran Lujo.
- Disposición transitoria cuarta. Reclasificación de albergues.
- Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de los procedimientos de clasificación e inscripción de establecimientos hoteleros en tramitación.
- Disposición transitoria sexta. Exhibición del distintivo.
- Disposición transitoria séptima. Obligación de utilización de medios electrónicos en los procedimientos relacionados con el Registro de Turismo de Andalucía.
- Disposición transitoria octava. Excepciones temporales.
- Disposición transitoria novena. Procedimientos en tramitación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 2/1994 de 24 de marzo, de creación de una empresa pública para la gestión de los Servicios de Emergencias Sanitarias.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.
- Disposición final tercera. Modificación del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones ad…
- Disposición final cuarta. Modificación del Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en las playas…
- Disposición final quinta. Modificación del Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía.
- Disposición final sexta. Modificación del Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protecci…
- Disposición final séptima. Modificación de la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen …
- Disposición final octava. Modificación de la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régime…
- Disposición final novena. Modificación de la Orden de 21 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones, en régi…
- Disposición final décima. Modificación de la Orden de 1 de agosto de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia…
- Disposición final decimoprimera. Modificación de la Orden de 7 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de c…
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 13/2020?
- Decreto-ley 13/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-23.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 13/2020?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 13/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.