Disposición final sexta. Modificación del Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Disposición final sexta del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19). · BOJA-b-2020-90175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-18.
Texto consolidado
La disposición transitoria primera del Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía, queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición transitoria primera. Adaptación de Reglamentos de Agrupaciones.
Las entidades locales de las que dependan las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía que a la fecha de la entrada en vigor del presente Decreto no hayan adaptado sus Reglamentos al Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispondrán hasta el 31 de enero de 2021 para proceder a la adaptación. En caso de incumplimiento, se procederá a cancelar el asiento de inscripción en el Registro de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.»
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