Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, por el que se modifican, con carácter urgente, la normativa de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía y otras disposiciones normativas, y se regulan los estudios con finalidad de diagnóstico precoz o de detección de casos de infección activa (cribados) dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
BOJA-b-2021-90044 · Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2021-02-05 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Decreto-ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-21.
Resumen
El Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, regula de manera urgente la admisión del alumnado en centros educativos públicos y privados concertados en Andalucía, así como la realización de estudios para la detección precoz de infecciones activas, como los cribados relacionados con COVID-19. Esta norma se aplica a todos los centros educativos de la comunidad y es efectiva desde su publicación.
Entre los puntos clave, se establece que no se podrá discriminar a los alumnos por razones socioeconómicas, y se prohíbe que los centros cobren por enseñanzas gratuitas o impongan aportaciones económicas. Además, se garantiza la escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales, y se prioriza la admisión de aquellos que provengan de situaciones de vulnerabilidad. En cuanto a los cribados, se requiere un informe vinculante de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública antes de su realización, asegurando que se sigan los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias. Este decreto-ley no ha sido derogado y se mantiene vigente mientras se requiera su aplicación.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 2/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-02-02
- Publicación
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14, 2021-02-05
- Entrada en vigor
- 2021-02-05
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-11-21
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOJA-b-2021-90044
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
I
El artículo 21.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía proclama el derecho de todas las personas a acceder en condiciones de igualdad a los centros educativos sostenidos con fondos públicos y prevé el establecimiento de criterios de admisión, al objeto de garantizarla en condiciones de igualdad y no discriminación.
De igual manera, el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce la competencia compartida de la Comunidad Autónoma sobre los criterios de admisión del alumnado, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, a tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 del texto constitucional, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos …
- Artículo 2. Modificación de la Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados con…
- Artículo 3. Realización de estudios o cribados.
- Artículo 4. Información y documentación en los estudios o cribados.
- Artículo 5. Intervención del Comité Territorial de Alerta de Salud Pública.
- Disposición adicional única. Medidas de reactivación del sector cultural.
- Disposición transitoria única. Gestión de los gastos del programa presupuestario 1.2.D Estrategia Digital y Gobierno Abierto.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 23/2020, de 15 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educati…
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 3/2016, de 9 de junio, para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstam…
- Disposición final cuarta. Modificación de normas reglamentarias.
- Disposición final quinta. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor y vigencia.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 10 de febrero de 2021 |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 2/2021?
- Decreto-ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-21.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 2/2021?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 2/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.