Artículo 33. Grupo Asesor de Análisis y Seguimiento.
Artículo 33 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19). · BOJA-b-2020-90175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-18.
Texto consolidado
Una vez activado el Comité conforme a lo previsto en el artículo 32, se constituirá el Grupo Asesor de análisis y seguimiento para el apoyo al Comité en la toma de decisiones ante la situación de alerta, como órgano colegiado adscrito a la Consejería con competencias en materia de Presidencia y dependiente orgánicamente de la persona titular de la misma, con funciones específicas de asesoramiento y apoyo mediante la formulación de propuestas al citado Comité.
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