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Decreto-ley Vigente

Artículo 8. Grupos de establecimientos hoteleros.

Artículo 8 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19). · BOJA-b-2020-90175

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-19.

Texto consolidado

Los establecimientos hoteleros se clasifican en los siguientes grupos:

a) Hoteles.

b) Hoteles-apartamentos.

c) Hostales.

d) Pensiones.

e) Albergues.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-19.

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