Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.
BOE-A-2018-12939 · Boletín Oficial del Estado, 2018-09-25 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Orden PCI/978/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Orden PCI/978/2018 regula los currículos de formación para acceder a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, tanto para quienes ingresan sin titulación universitaria como para los que lo hacen por promoción profesional. Esta norma es aplicable a todos los alumnos que cursen estos programas en la Academia de Oficiales y en el Centro Universitario de la Guardia Civil desde su entrada en vigor el 21 de septiembre de 2018.
Entre los puntos clave, se establece que la formación se integrará en un currículo único que combinará la formación militar y de seguridad con la titulación de Grado correspondiente. Los alumnos deberán cumplir con normas de evaluación y progresar en sus estudios, con plazos específicos para la superación de los cursos: cinco años para el acceso directo sin titulación y dos años para la promoción profesional. Además, se contempla la posibilidad de reconocimiento de créditos por estudios previos y se establecen criterios para la permanencia en el centro docente. Esta orden deroga las anteriores normativas relacionadas con la formación de oficiales en la Guardia Civil.
Datos clave
- Rango
- Orden PCI/978/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-09-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 232, 2018-09-25
- Entrada en vigor
- 2018-09-26
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 54
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-12939
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establecía que el régimen del personal del Cuerpo de la Guardia Civil se había de regir por su ley específica, debiendo actualizarlo con una nueva estructura de escalas y determinando que la formación para el acceso a la nueva Escala de Oficiales debía comprender, por una parte, la formación militar y la de cuerpo de seguridad del Estado y, por otra, la correspondiente a un título de Grado universitario del sistema educativo general.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Perfil profesional a alcanzar en el primer empleo.
- Artículo 5. Fines de los currículos de la enseñanza de formación.
- Artículo 6. Estructura de la enseñanza de formación de oficiales.
- Artículo 7. Centros docentes de formación de oficiales.
- Artículo 8. Duración de la enseñanza de formación de oficiales.
- Artículo 9. Créditos ECTS del currículo y de las asignaturas.
- Artículo 10. Distribución de la carga lectiva y distribución temporal de las asignaturas de los currículos.
- Artículo 11. Módulos de la formación de oficiales.
- Artículo 12. Programas de estudios y calendario de actividades.
- Artículo 13. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas en la modalidad virtual.
- Artículo 14. Actividades extraescolares.
- Artículo 15. Ingreso directo sin titulación universitaria previa.
- Artículo 16. Promoción profesional, modalidad cambio de escala.
- Artículo 17. Promoción profesional, modalidad promoción interna.
- Artículo 18. Idiomas.
- Artículo 19. Instrucción y adiestramiento.
- Artículo 20. Formación física.
- Artículo 21. Finalidad.
- Artículo 22. La Junta Docente.
- Artículo 23. Reconocimiento de créditos.
- Artículo 24. Plan de matrícula.
- Artículo 25. Instrucción y adiestramiento.
- Artículo 26. Formación física.
- Artículo 27. Convocatorias.
- Artículo 28. Dispensa de convocatoria.
- Artículo 29. Convocatorias extraordinarias.
- Artículo 30. Evaluación y calificación.
- Artículo 31. Calificación académica, calificación ponderada y ordenación de los alumnos.
- Artículo 32. Revisión de calificaciones.
- Artículo 33. Opciones de mejora.
- Artículo 34. Progreso en los currículos de formación.
- Artículo 35. Permanencia en un curso.
- Artículo 36. Permanencia y baja en el centro docente de formación.
- Artículo 37. Ajuste de plazas.
- Artículo 38. Plazos para superar el currículo de formación.
- Artículo 39. Trabajo de fin de Grado.
- Artículo 40. Sistemas de integración en una única clasificación final.
- Artículo 40 bis. Superación del currículo y egreso.
- Artículo 41. Determinación de las titulaciones universitarias oficiales que se exigirán para el ingreso por promoción profesional en la modalidad de cambio de escala.
- Artículo 42. Determinación de los créditos de las titulaciones universitarias oficiales que se exigirán para el ingreso por promoción profesional en la modalidad de promoción in…
- Disposición adicional primera. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
- Disposición adicional segunda. Aplicación del estatuto del Estudiante Universitario.
- Disposición adicional tercera. Empleos eventuales.
- Disposición adicional cuarta. Acceso directo con titulación.
- Disposición transitoria primera. Aplicación de los currículos de formación.
- Disposición transitoria segunda. Repetición de curso.
- Disposición transitoria tercera. Extinción de los planes de estudios.
- Disposición transitoria cuarta. Pruebas y marcas a superar para progresar en la enseñanza de formación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden PCI/978/2018?
- Orden PCI/978/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden PCI/978/2018?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden PCI/978/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.