Disposición adicional primera. Medidas de conciliación y corresponsabilidad.
Disposición adicional primera de la Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso. · BOE-A-2018-12939
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-09-28.
Texto consolidado
1. En lo que se refiere a esta orden y respecto a las medidas de conciliación y corresponsabilidad se atenderá a lo dispuesto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo.
2. En lo no dispuesto en dicho Reglamento y respecto a la protección de la maternidad, se atenderá a cuanto se dispone en el Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-19389.
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