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Orden Vigente

Artículo 41. Determinación de las titulaciones universitarias oficiales que se exigirán para el ingreso por promoción profesional en la modalidad de cambio de escala.

Artículo 41 de la Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso. · BOE-A-2018-12939

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-26.

Texto consolidado

Podrán acceder a la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales, por promoción profesional en la modalidad de cambio de escala, quienes acrediten la posesión de un título universitario oficial de Grado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, obtenidos de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-09-26.

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