Artículo 12. Programas de estudios y calendario de actividades.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-26.
Texto consolidado
Anualmente, el Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil aprobará los programas de estudios que desarrollen los correspondientes planes de estudios que integran el currículo de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales, debiendo incluir el calendario de actividades.
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- Ver la norma completa: Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.