Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón.
BOE-A-2023-10878 · Boletín Oficial del Estado, 2023-05-06 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 13/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 13/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-03-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 108, 2023-05-06
- Entrada en vigor
- 2023-04-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 115
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-10878
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Mecanismo rural de garantía.
- Artículo 6. Sensibilización y atracción del medio rural.
- Artículo 7. Valor ambiental del medio rural.
- Artículo 8. Mujeres rurales.
- Artículo 9. Inmigración.
- Artículo 10. Cooperación institucional.
- Artículo 11. Participación social, cooperación y gobernanza.
- Artículo 12. Contratación.
- Artículo 13. Seguridad ciudadana.
- Artículo 14. Conectividad.
- Artículo 15. Empleo público, descentralización y desconcentración.
- Artículo 16. Acceso a equipamientos y servicios básicos en el medio rural.
- Artículo 17. Nueva economía de cuidados.
- Artículo 18. Protección civil.
- Artículo 19. Efectos de la clasificación.
- Artículo 20. Medio rural.
- Artículo 21. Instrumentos de valoración y clasificación.
- Artículo 22. Asentamientos de carácter rural.
- Artículo 23. Clasificación de los asentamientos de carácter rural.
- Artículo 24. Municipios de carácter rural.
- Artículo 25. Clasificación de los municipios de carácter rural.
- Artículo 26. Asentamientos y municipios de carácter rural ubicados en espacios metropolitanos.
- Artículo 27. Asentamientos deshabitados y permanentes aislados.
- Artículo 28. Asentamientos de carácter rural a efectos fiscales.
- Artículo 29. Instrumentos marco de referencia.
- Artículo 30. Otros instrumentos de planificación y programación del medio rural.
- Artículo 31. Disposiciones normativas y planificación sectorial de la Comunidad Autónoma con incidencia en el medio rural.
- Artículo 32. Directrices zonales y programas de gestión territorial.
- Artículo 33. Adaptación de la planificación y programación a la evolución del desarrollo territorial.
- Artículo 34. Elaboración y contenido.
- Artículo 35. Objetivos en relación con el fomento y promoción de la cultura emprendedora.
- Artículo 36. Actuaciones en el ámbito de la cultura emprendedora.
- Artículo 37. Territorio emprendedor de Aragón.
- Artículo 38. Responsabilidad social rural.
- Artículo 39. Objetivos en relación con el fomento de la actividad económica y el empleo en el medio rural.
- Artículo 40. Actuaciones en el ámbito de la actividad económica y el empleo en el medio rural.
- Artículo 41. Complementariedad.
- Artículo 42. Fomento de la economía social en el medio rural.
- Artículo 43. Economía verde y sostenible.
- Artículo 44. Agricultura y ganadería.
- Artículo 45. Sector forestal.
- Artículo 46. Agroindustria.
- Artículo 47. Turismo en el medio rural.
- Artículo 48. Espacios rurales de actividad económica y empresarial.
- Artículo 49. Internacionalización.
- Artículo 50. Declaración de interés autonómico.
- Artículo 51. Urbanismo y vivienda.
- Artículo 52. Garantía de accesibilidad a los servicios en el medio rural.
- Artículo 53. Disposiciones generales en materia de sanidad.
- Artículo 54. Modelo asistencial en el medio rural.
- Artículo 55. Atención comunitaria.
- Artículo 56. Organización y recursos humanos.
- Artículo 57. Disposiciones generales en materia de enseñanza.
- Artículo 58. Oferta educativa y formativa.
- Artículo 59. Estabilidad, acceso y permanencia.
- Artículo 60. Participación.
- Artículo 61. Innovación y difusión.
- Artículo 62. Fomento del deporte en el medio rural.
- Artículo 63. Proximidad de los servicios sociales.
- Artículo 64. Plan de establecimientos de servicios sociales.
- Artículo 65. Comercio, servicios de proximidad y multiservicios rurales.
- Artículo 66. Accesibilidad a servicios bancarios y otros servicios públicos.
- Artículo 67. Derechos culturales en el medio rural.
- Artículo 68. Promoción y dinamización cultural.
- Artículo 69. Seguridad ciudadana.
- Artículo 70. Sistema público de cuidados.
- Artículo 71. Movilidad y transporte.
- Artículo 72. Fomento de la conectividad rural.
- Artículo 73. Inclusión de infraestructuras de soporte para el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas en los nuevos proyectos de las entidades locales de realización …
- Artículo 74. Información sobre servicios digitales y uso polivalente de espacios.
- Artículo 75. Expedición de certificados electrónicos.
- Artículo 76. Custodia del territorio.
- Artículo 77. Medidas en materia de patrimonio cultural.
- Artículo 78. Medidas para favorecer la calidad de vida de las mujeres que viven en el medio rural.
- Artículo 79. Medidas de apoyo para el acceso de las mujeres al empleo.
- Artículo 80. Empoderamiento de las mujeres rurales.
- Artículo 81. Medidas de apoyo a las familias.
- Artículo 82. Medidas de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad.
- Artículo 83. Medidas de apoyo a la juventud.
- Artículo 84. Accesibilidad y planes de retorno.
- Artículo 85. Universidad.
- Artículo 86. Transversalidad.
- Artículo 87. Medidas de apoyo a la inclusión social en el medio rural.
- Artículo 88. Gobernanza y coordinación.
- Artículo 89. La Comisión delegada del Gobierno para la política territorial.
- Artículo 90. El Observatorio de dinamización demográfica y poblacional.
- Artículo 91. Grupo técnico de dinamización económica y social para el medio rural.
- Artículo 92. Agentes dinamizadores rurales.
- Artículo 93. Marco presupuestario.
- Artículo 94. Ley de presupuestos.
- Artículo 95. Ayudas y subvenciones públicas.
- Artículo 96. Financiación y apoyo para el trabajo autónomo y el emprendimiento en el medio rural.
- Artículo 97. Bonificaciones para el acceso a determinados servicios.
- Artículo 98. Incentivos fiscales.
- Disposición adicional primera. Clasificación de las zonas rurales y criterios de adaptación.
- Disposición adicional segunda. Programa territorio emprendedor de Aragón.
- Disposición adicional tercera. Bonos de impacto rural.
- Disposición adicional cuarta. Plataforma en línea para la prestación de servicios de información y asesoramiento.
- Disposición adicional quinta. Programa de relevo generacional.
- Disposición adicional sexta. Plan de digitalización en el medio rural.
- Disposición adicional séptima. Academia rural digital.
- Disposición adicional octava. Laboratorios de innovación rural.
- Disposición adicional novena. Programa de gestión territorial de dinamización económica y social para el medio rural.
- Disposición adicional décima. Desarrollo del estudio de los polígonos industriales existentes en el medio rural aragonés.
- Disposición transitoria primera. Entidad local de carácter metropolitano.
- Disposición transitoria segunda. Revisión de directrices zonales y programas de gestión territorial vigentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Go…
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decret…
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 13/2023?
- Ley 13/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 13/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.