Artículo 60. Participación.
Artículo 60 de la Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón. · BOE-A-2023-10878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-18.
Texto consolidado
El departamento competente en materia educativa impulsará la participación de todos los agentes educativos implicados en el medio rural garantizando el normal desempeño de los foros de participación establecidos y en particular el Observatorio de la escuela rural en Aragón, el Seminario permanente y los Seminarios provinciales de educación en el medio rural y del Observatorio de la convivencia, las mesas de participación de familias, de alumnado y sobre empleo y formación profesional de cada territorio.