Disposición adicional quinta. Programa de relevo generacional.
Disposición adicional quinta de la Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón. · BOE-A-2023-10878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-18.
Texto consolidado
1. El Programa de relevo generacional para la transmisión y estabilidad de negocios intergeneracionales previsto en el artículo 36.d) se desarrollará vinculado a los programas de sucesión, traspaso de negocios y continuidad empresarial implementados por el Instituto Aragonés de Fomento y las iniciativas que en el mismo sentido desarrollan las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria aragonesas y las organizaciones empresariales.
2. Este programa deberá implementarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley.