Artículo 25. Clasificación de los municipios de carácter rural.
Artículo 25 de la Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón. · BOE-A-2023-10878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-18.
Texto consolidado
Los municipios de carácter rural se clasifican en los mismos grupos y rangos definidos para los asentamientos de carácter rural. Los municipios pertenecientes a cada rango se publicarán anualmente por el departamento competente en materia de ordenación del territorio.