Disposición adicional séptima. Academia rural digital.
Disposición adicional séptima de la Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón. · BOE-A-2023-10878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-18.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón, a través de los organismos y entidades públicas especializadas en formación ocupacional y especializadas en formación empresarial, pondrá en marcha el proyecto Academia rural digital que se contempla en el artículo 36.h). El diseño de este proyecto deberá iniciarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley.