Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.
BOE-A-2020-443 · Boletín Oficial del Estado, 2020-01-14 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 10/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 10/2019, de 23 de diciembre, regula el sistema portuario y el transporte en aguas marítimas y continentales en Cataluña, aplicándose desde su entrada en vigor en marzo de 2020. Esta norma se dirige a todas las entidades y personas que operan en puertos y realizan actividades de transporte en estas aguas.
Entre los puntos clave, establece que la Generalidad tiene competencias exclusivas sobre puertos no considerados de interés general, incluyendo su planificación y gestión. Se promueve la sostenibilidad ambiental y la optimización de servicios, priorizando la mejora de infraestructuras existentes en lugar de la construcción de nuevas. Además, se regula un régimen tributario que incluye tasas por el uso del dominio público portuario, así como la creación de un sistema de tarifas que garantice la viabilidad económica del sistema portuario. También se introducen medidas para fomentar la náutica popular y la navegación deportiva, asegurando un acceso equitativo a los servicios portuarios. Finalmente, esta ley deroga la anterior Ley 5/1998 y otras disposiciones relacionadas, actualizando así el marco normativo aplicable.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 12, 2020-01-14
- Entrada en vigor
- 2020-03-30
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 274
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-443
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Los artículos 65 y 67 del Estatuto prevén que las leyes de Cataluña son promulgadas, en nombre del Rey, por el presidente o presidenta de la Generalidad. De acuerdo con lo anterior promulgo la siguiente Ley.
Preámbulo
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Objetivos.
- Artículo 4. Sistema portuario.
- Artículo 5. Tipología de infraestructuras portuarias.
- Artículo 6. Definiciones.
- Artículo 7. Elementos y características técnicas de las infraestructuras portuarias.
- Artículo 8. Categorías de puertos deportivos.
- Artículo 9. Objeto y naturaleza.
- Artículo 10. Contenido.
- Artículo 11. Zona de servicio portuaria.
- Artículo 12. Ordenación portuaria dentro de la zona de servicio.
- Artículo 13. Coordinación con el planeamiento urbanístico.
- Artículo 14. Plan director urbanístico portuario.
- Artículo 15. Obras en la zona de servicio portuaria.
- Artículo 16. Estructura administrativa.
- Artículo 17. Órganos competentes.
- Artículo 18. Naturaleza jurídica.
- Artículo 19. Órganos.
- Artículo 20. Presidencia.
- Artículo 21. Comité Ejecutivo.
- Artículo 22. Dirección General.
- Artículo 23. Recursos.
- Artículo 24. Régimen presupuestario y de contabilidad.
- Artículo 25. Contratación.
- Artículo 26. Personal.
- Artículo 27. Régimen patrimonial.
- Artículo 28. Recursos y reclamaciones administrativas.
- Artículo 29. Consejo de Puertos.
- Artículo 30. Composición y régimen de funcionamiento.
- Artículo 31. Funciones.
- Artículo 32. Consejos portuarios.
- Artículo 33. Concepto de dominio público portuario.
- Artículo 34. Delimitación e investigación.
- Artículo 35. Técnicas de garantía de la integridad del dominio público portuario.
- Artículo 36. Régimen de utilización del sistema portuario.
- Artículo 37. Medidas para la adaptación de las infraestructuras portuarias y para la mitigación de los efectos del cambio climático.
- Artículo 38. Procedimiento de otorgamiento.
- Artículo 39. Formalización.
- Artículo 40. Modificación de los títulos habilitantes.
- Artículo 41. Unificación de los títulos habilitantes.
- Artículo 42. Extinción.
- Artículo 43. Procedimiento y efectos de la extinción.
- Artículo 44. Garantía provisional.
- Artículo 45. Garantía definitiva.
- Artículo 46. Constitución de las garantías.
- Artículo 47. Devolución de las garantías.
- Artículo 48. Confiscación de las garantías.
- Artículo 49. Objeto de la autorización.
- Artículo 50. Duración y características de la autorización.
- Artículo 51. Objeto de la concesión.
- Artículo 52. Duración de la concesión.
- Artículo 53. Prórroga del plazo de la concesión.
- Artículo 54. Otorgamiento y formalización de la concesión.
- Artículo 55. Transmisión de la concesión.
- Artículo 56. Modificaciones.
- Artículo 57. Constitución de derechos reales.
- Artículo 58. Caducidad de la concesión.
- Artículo 59. Rescate de la concesión.
- Artículo 60. Valor del rescate.
- Artículo 61. Actividades económicas en las infraestructuras portuarias.
- Artículo 62. Situaciones jurídicas particulares y responsabilidad.
- Artículo 63. Control de la actividad.
- Artículo 64. Otorgamiento de la licencia.
- Artículo 65. Plazo y renovación de licencia.
- Artículo 66. Modificación y transmisión de la licencia.
- Artículo 67. Extinción y caducidad de la licencia.
- Artículo 68. Comunicación.
- Artículo 69. Régimen jurídico de los contratos.
- Artículo 70. Plazo.
- Artículo 71. Prórroga.
- Artículo 72. Preparación, adjudicación y formalización del contrato de concesión de obras públicas portuarias.
- Artículo 73. Unificación de contratos.
- Artículo 74. Cesión de los contratos y constitución de derechos reales.
- Artículo 75. Protección ambiental del dominio público.
- Artículo 76. Autorización de dragado.
- Artículo 77. Prohibición de vertidos.
- Artículo 78. Medios para la prevención y la lucha contra la contaminación.
- Artículo 79. Medios para prevenir y regular las emisiones de buques.
- Artículo 80. Instalaciones portuarias receptoras y planes de recepción y manipulación de desechos.
- Artículo 81. Instalaciones especiales.
- Artículo 82. Prevención y control de la contaminación atmosférica y acústica.
- Artículo 83. Medidas para prevenir la contaminación de los terrenos y los fondos marinos de dominio público portuario.
- Artículo 84. Actuaciones de trasvase de arena y de conservación de la costa.
- Artículo 85. Plan de autoprotección portuario.
- Artículo 86. Situaciones excepcionales.
- Artículo 87. Mercancías peligrosas.
- Artículo 88. Protección portuaria.
- Artículo 89. Concepto, clases y régimen jurídico de los servicios portuarios.
- Artículo 90. Prestación de los servicios portuarios generales.
- Artículo 91. Prestación de los servicios portuarios específicos.
- Artículo 92. Libertad de acceso y prohibición de monopolio.
- Artículo 93. Régimen de solicitud de los servicios.
- Artículo 94. Derechos, deberes y obligaciones.
- Artículo 95. Modificación y extinción.
- Artículo 96. Procedimiento de modificación y extinción.
- Artículo 97. Transmisión.
- Artículo 98. Servicio de practicaje.
- Artículo 99. Servicio de remolque portuario.
- Artículo 100. Servicio de amarre.
- Artículo 101. Servicio de recepción de desechos.
- Artículo 102. Servicio de carga, estiba, descarga, desestiba y transbordo de mercancías.
- Artículo 103. Garantía de las actividades sindicales.
- Artículo 104. Cesión de elementos portuarios.
- Artículo 105. Régimen de los puntos de amarre y las plazas de aparcamiento en tierra.
- Artículo 106. Chárter náutico.
- Artículo 107. Puntos de amarre en tránsito.
- Artículo 108. Cesión de otros elementos portuarios.
- Artículo 109. Instalaciones portuarias con actividad pesquera.
- Artículo 110. Naves de comercialización de productos pesqueros y actividades complementarias.
- Artículo 111. Principio de autosuficiencia financiera.
- Artículo 112. Ingresos económicos de la Administración portuaria.
- Artículo 113. Tributos portuarios.
- Artículo 114. Concepto de tasas portuarias.
- Artículo 115. Clases de tasas portuarias.
- Artículo 116. Importe de las tasas portuarias.
- Artículo 117. Modulación de la cuota líquida de las tasas portuarias.
- Artículo 118. Repercusión.
- Artículo 119. Competencia en materia de gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios.
- Artículo 120. Reglas especiales de gestión en materia tributaria.
Normas que la modifican o afectan (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se corrigen erratas | en la Ley 2/2021, de 29 de diciembre, en DOGC num. 8626 de 15 de marzo de 2022 |
| Se corrigen errores | en la Ley 2/2021, de 29 de diciembre, en BOE núm.74, de 28 de marzo de 2022 |
| Se modifica | los arts. 128, 129, 174, 185 y 187, por Ley 3/2023, de 16 de marzo |
| Se deroga | el art. 73 y SE MODIFICA determinados preceptos, por Ley 2/2021, de 29 de diciembre |
Normas a las que afecta (6)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/2019?
- Ley 10/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 10/2019?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.