Real Decreto 112/2017, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario Militar.
BOE-A-2017-1677 · Boletín Oficial del Estado, 2017-02-18 · Ministerio de Defensa
Real Decreto 112/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 112/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-02-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 42, 2017-02-18
- Entrada en vigor
- 2017-03-10
- Departamento
- Ministerio de Defensa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 78
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-1677
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar, dispone en su artículo 348 que «las penas que deban cumplirse en establecimientos penitenciarios militares se realizarán conforme a lo dispuesto en dicha Ley y en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios Militares que se inspirará en los principios de la Ley Orgánica General Penitenciaria, acomodados a la especial estructura de las Fuerzas Armadas».
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del reglamento penitenciario militar.
- Disposición adicional primera. Normativa aplicable.
- Disposición adicional segunda. Miembros de la Guardia Civil.
- Disposición adicional tercera. Plantillas de personal.
- Disposición adicional cuarta. Ingreso en establecimientos psiquiátricos penitenciarios y otros centros.
- Disposición adicional quinta. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Atribuciones y competencias del director del establecimiento penitenciario militar.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Finalidad de los establecimientos penitenciarios militares.
- Artículo 3. Los derechos fundamentales.
- Artículo 4. Derechos de los internos.
- Artículo 5. Los establecimientos penitenciarios militares como unidad militar.
- Artículo 6. La asistencia sanitaria.
- Artículo 7. El Director.
- Artículo 8. El Subdirector.
- Artículo 9. Organización del Establecimiento Penitenciario Militar.
- Artículo 10. El Servicio.
- Artículo 11. El Servicio de vigilancia interior.
- Artículo 12. Número de identidad profesional.
- Artículo 13. Equipo de Observación y Tratamiento.
- Artículo 14. Plantilla y relación de puestos de trabajo.
- Artículo 15. Vigilancia y seguridad exterior.
- Artículo 16. Vigilancia interior.
- Artículo 17. Salidas de internos cumplimentando órdenes de autoridades judiciales y gubernativas.
- Artículo 18. Salidas de internos para consultas o ingreso en hospitales.
- Artículo 19. Mando militar acompañante.
- Artículo 20. Responsabilidad en los traslados.
- Artículo 21. Finalidades e información a los internos.
- Artículo 22. Estructura de los establecimientos penitenciarios.
- Artículo 23. Distribución de los internos.
- Artículo 24. Obligaciones del interno.
- Artículo 25. Traslado de personal interno por razones extraordinarias.
- Artículo 26. El ingreso de presos y detenidos.
- Artículo 27. Incomunicación de presos o detenidos.
- Artículo 28. Libertad de presos y detenidos.
- Artículo 29. Tipos de régimen de preventivos.
- Artículo 30. Ingreso de los penados.
- Artículo 31. Del régimen penitenciario según el grado de tratamiento.
- Artículo 32. Internos calificados de peligrosidad extrema o inadaptación manifiesta.
- Artículo 33. Del régimen ordinario.
- Artículo 34. Del régimen abierto.
- Artículo 35. Método para conseguir la reeducación y reinserción.
- Artículo 36. El Programa individualizado de tratamiento.
- Artículo 37. Participación del interno en el tratamiento.
- Artículo 38. Forma de determinación de las actividades de tratamiento.
- Artículo 39. Actividades y talleres.
- Artículo 40. Lugar de realización de las actividades o talleres.
- Artículo 41. Salidas programadas.
- Artículo 42. El trabajo penitenciario.
- Artículo 43. Permisos ordinarios y extraordinarios.
- Artículo 44. Requisitos para la concesión de permisos ordinarios.
- Artículo 45. Las comunicaciones orales, escritas o telefónicas.
- Artículo 46. Régimen disciplinario.
- Artículo 47. De las peticiones, quejas y recursos.
- Artículo 48. Recompensas de carácter penitenciario.
- Artículo 49. Propuesta de recompensas de carácter penitenciario.
- Artículo 50. Aprobación de recompensas de carácter penitenciario.
- Artículo 51. Adelantamiento de la libertad condicional.
- Artículo 52. Requisitos.
- Artículo 53. Ejecución de la resolución de puesta en libertad.
- Artículo 54. Septuagenarios y enfermos graves.
- Artículo 55. Vigilancia de conducta del liberado condicional.
- Artículo 56. Títulos de viaje.
- Artículo 57. De la puesta en libertad definitiva.
- Artículo 58. Anotación en el expediente personal.
- Artículo 59. Los trabajos en beneficio de la comunidad.
- Artículo 60. Formas de cumplimiento de la pena.
- Artículo 61. Convenios con entidades públicas o privadas.
- Artículo 62. Plan de ejecución de los trabajos en beneficio de la comunidad.
- Artículo 63. Instrucciones para el cumplimiento de los trabajos.
- Artículo 64. Fin del Plan de ejecución.
- Artículo 65. Cumplimiento de la localización permanente.
- Artículo 66. Ejecución de la pena de localización permanente.
- Artículo 67. El Juez Togado Militar de Vigilancia Penitenciaria.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 77 de 31 de marzo de 2017 |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 112/2017?
- Real Decreto 112/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 112/2017?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 112/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.