Artículo 48. Recompensas de carácter penitenciario.
Artículo 48 del Real Decreto 112/2017, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario Militar. · BOE-A-2017-1677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-10.
Texto consolidado
Los actos que pongan de relieve las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares, en especial la unidad, jerarquía y disciplina, el respeto de las personas, sus bienes, y el bien común, el cumplimiento de sus deberes y obligaciones, en especial la participación activa en las actividades de tratamiento penitenciario u ocupacionales organizadas por el establecimiento y en general la conducta ejemplar, serán estimulados mediante un sistema de recompensas.