Artículo 60. Formas de cumplimiento de la pena.
Artículo 60 del Real Decreto 112/2017, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario Militar. · BOE-A-2017-1677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-10.
Texto consolidado
Los penados a trabajos en beneficio de la comunidad que se encuentren internos en los Establecimientos Penitenciarios Militares únicamente realizarán el cumplimiento de esta pena mediante su participación en talleres o programas formativos o de reeducación, laborales, culturales, de educación vial, sexual y otros similares.