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Real Decreto Vigente

Artículo 38. Forma de determinación de las actividades de tratamiento.

Artículo 38 del Real Decreto 112/2017, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario Militar. · BOE-A-2017-1677

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-10.

Texto consolidado

Las actividades psicosociales, de tratamiento y deshabituación, así como educativas, formativas, socioculturales, y deportivas se determinarán por el Director, teniendo en cuenta las propuestas del Equipo de Observación y Tratamiento, a partir de los programas individualizados de tratamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-10.

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