Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
BOE-A-2021-3492 · Boletín Oficial del Estado, 2021-03-06 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-20.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 2/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-02-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 56, 2021-03-06
- Entrada en vigor
- 2021-02-20
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-20
- Artículos
- 76
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-3492
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley foral.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Régimen presupuestario.
- Artículo 4. Responsabilidades de autoridades y funcionarios.
- Artículo 5. Concepto.
- Artículo 6. Establecimiento y modificación.
- Artículo 7. Obligados al pago.
- Artículo 8. Cuantía.
- Artículo 9. Administración y cobro.
- Artículo 10. Concepto.
- Artículo 11. Principio de legalidad.
- Artículo 12. Hecho imponible.
- Artículo 13. Aplicación territorial.
- Artículo 14. Devengo.
- Artículo 15. Sujeto pasivo.
- Artículo 16. Beneficios fiscales.
- Artículo 17. Elementos constitutivos de la tasa.
- Artículo 18. Gestión de las tasas.
- Artículo 19. Autoliquidaciones.
- Artículo 20. Devoluciones.
- Artículo 21. Régimen sancionador.
- Artículo 22. Tasa por servicios administrativos.
- Artículo 23. Tasa por derechos de participación en procedimientos selectivos de ingreso y acceso a la función pública.
- Artículo 23 bis. Tasa por remisión de copias en formato electrónico y físico de documentación correspondiente a procesos selectivos.
- Artículo 24. Tasa por publicación de anuncios en el «Boletín Oficial de Navarra».
- Artículo 25. Tasa por actuaciones del Registro de Asociaciones, del Registro de Fundaciones y del Registro de Colegios Profesionales.
- Artículo 26. Tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de transportes.
- Artículo 27. Tasa por emisión de informes de carácter facultativo.
- Artículo 28. Tasa por la expedición de productos de cartografía.
- Artículo 29. Tasa por actuaciones del Registro del Deporte de Navarra.
- Artículo 30. Tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de comunicación audiovisual.
- Artículo 31. Tasa por servicio de reprografía de documentos del patrimonio documental.
- Artículo 31 bis. Tasa por derechos de examen en procedimientos selectivos de acceso al curso de habilitación de Auxiliar de Policía Local.
- Artículo 32. Tasa por emisión de duplicado de tarjeta acreditativa de la discapacidad.
- Artículo 33. Tasa por expedición de licencias de caza y matrículas de cotos de caza.
- Artículo 34. Tasa por el permiso de pesca.
- Artículo 35. Tasa por la licencia de pesca continental.
- Artículo 36. Tasa por expedición de títulos y otros conceptos.
- Artículo 37. Tasa por expedición de duplicados de la tarjeta lector de biblioteca.
- Artículo 38. Tasa por la prestación de servicios administrativos a empresas y centros de formación.
- Artículo 39. Tasa por la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
- Artículo 40. Tasa por la expedición de certificados de profesionalidad.
- Artículo 41. Tasa por servicios sanitarios.
- Artículo 42. Tasa por inspecciones y controles sanitarios oficiales de animales y sus productos.
- Artículo 43. Tasa de actividades y servicios relativos al tráfico y seguridad.
- Artículo 44. Tasa por servicios de extinción de incendios y salvamentos.
- Artículo 45. Tasas por realización de actividades sujetas a autorización en materia de defensa de carreteras e informes de explotación viaria.
- Artículo 46. Tasa por la prestación de servicios de medición de distancias en la Red de Carreteras de la Comunidad Foral de Navarra.
- Artículo 47. Tasas derivadas de la actividad del juego.
- Artículo 48. Tasa de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Artículo 49. Tasa por ocupación temporal de vías pecuarias.
- Artículo 50. Tasa de expedición de material de información ambiental específica.
- Artículo 51. Tasa por la gestión técnico-facultativa de los servicios agronómicos.
- Artículo 52. Tasa por la ordenación de las industrias agrarias y alimentarias y explotaciones agrarias.
- Artículo 53. Tasa por la expedición de documentos sanitarios y aplicación de productos biológicos.
- Artículo 54. Tasa por la prestación de servicios de análisis en el Laboratorio Agroalimentario.
- Artículo 55. Tasa por la expedición de certificados de exclusión de parcelas de procesos de concentración parcelaria.
- Artículo 56. Tasas por servicios de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen, Específicas o de Indicaciones Geográficas Protegidas.
- Artículo 57. Tasa por emisión de certificados fitosanitarios para exportación.
- Artículo 58. Tasa por la concesión de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
- Artículo 59. Tasa por la emisión de traslados de aforo.
- Artículo 60. Tasas del régimen de autorización ambiental integrada.
- Artículo 61. Tasas del régimen de gestión de residuos de estiércoles.
- Artículo 62. Tasas por servicios en materia de industria y minas.
- Artículo 63. Tasa por expedición de documentación, información o certificación de datos del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra.
- Artículo 64. Tasa por la venta de impresos, programas y aplicaciones informáticas.
- Artículo 65. Tasa por la inscripción en el Registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros y por expedición de certificados.
- Artículo 66. Tasa por la copia o reproducción de declaraciones tributarias o de su contenido.
- Artículo 67. Tasa por expedición de certificados específicos de carácter tributario.
- Artículo 68. Tasa por redacción de proyectos, tasación de proyectos y valoraciones de obras.
- Artículo 69. Tasa por la dirección y tasación de obras.
- Artículo 70. Tasa por informes, certificados y demás actuaciones facultativas.
- Artículo 71. Tasa por expedición de copias de planos de viviendas y de documentos de ordenación territorial y urbanística.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Entrada en vigor.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 2/2021?
- Ley Foral 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 2/2021?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 2/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.