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Ley Foral Vigente

Artículo 55. Tasa por la expedición de certificados de exclusión de parcelas de procesos de concentración parcelaria.

Artículo 55 de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2021-3492

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-20.

Texto consolidado

1. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos del servicio administrativo consistente en la expedición de certificados de exclusión de parcelas de procesos de concentración parcelaria.

2. Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten el servicio relacionado en el apartado 1.

3. Devengo. La tasa se devengará en el momento en que se presente la solicitud de prestación del servicio que constituye el hecho imponible.

4. Tarifas. La tarifa será de 10,00 euros por certificado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-20.

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