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Ley Foral Vigente

Artículo 3. Régimen presupuestario.

Artículo 3 de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2021-3492

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-20.

Texto consolidado

1. Los recursos regulados en esta ley foral se ingresarán en la Tesorería de la Comunidad Foral o en cuentas bancarias autorizadas por la persona titular del departamento competente en materia tributaria.

2. Estos recursos tienen la naturaleza de ingresos presupuestarios de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos y están destinados a satisfacer el conjunto de sus respectivas obligaciones, salvo que mediante una ley foral se establezca una afectación concreta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-20.

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