El Vínculo El Vínculo.
LeyAutonómico Vigente

Ley 9/2015, de 7 de agosto, de financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas.

BOE-A-2015-10235 · Boletín Oficial del Estado, 2015-09-24 · Comunidad Autónoma de Galicia

Ley 9/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Ley 9/2015 regula la financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas a ellas en Galicia. Esta norma es aplicable a las formaciones políticas que obtienen representación en el Parlamento de Galicia y a las entidades asociadas desde su entrada en vigor el 7 de agosto de 2015.

Entre los puntos clave, la ley establece que las formaciones políticas pueden recibir subvenciones públicas para gastos electorales y de funcionamiento, condicionadas a ciertos requisitos, como obtener representación parlamentaria y no recibir donaciones de personas vinculadas a empresas con contratos con el sector público. También se introducen mecanismos de control y fiscalización de la actividad económico-financiera de estas entidades, destacando el papel del Consejo de Cuentas en la supervisión de las cuentas electorales. Además, se imponen obligaciones de transparencia, exigiendo a las formaciones políticas y entidades publicar información sobre las subvenciones recibidas y su uso. La ley deroga el título VI de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, y otras disposiciones que contradigan su contenido.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 9/2015
Fecha de la disposición
2015-08-07
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 229, 2015-09-24
Entrada en vigor
2015-09-20
Departamento
Comunidad Autónoma de Galicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
55
Identificador BOE
BOE-A-2015-10235
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1

Los partidos políticos se configuran como asociaciones privadas de carácter voluntario pero, al mismo tiempo, forman parte esencial de la arquitectura constitucional al desarrollar funciones indispensables para un buen funcionamiento del sistema democrático. Así lo reconoce la propia Constitución española al señalar, en su artículo 6, que los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 9/2015?
Ley 9/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2015?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.