Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 9/2015, de 7 de agosto, de financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas. · BOE-A-2015-10235
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-20.
Texto consolidado
La presente ley es de aplicación a las formaciones políticas que obtengan representación en el Parlamento de Galicia, así como a las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas.