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LeyAutonómico Vigente

Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales.

BOE-A-2007-11323 · Boletín Oficial del Estado, 2007-06-08 · Comunidad Autónoma de Galicia

Ley 4/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.

Resumen

La Ley 4/2007, de 20 de abril, regula la coordinación de las policías locales en la Comunidad Autónoma de Galicia, estableciendo un marco normativo para su funcionamiento y organización. Esta ley es aplicable a los cuerpos de policía local de los municipios gallegos y a su personal desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave de la ley se destacan: la creación de un cuerpo único de policía local en cada municipio, que debe estar bajo la autoridad del alcalde; la obligación de los cuerpos de policía de garantizar la seguridad ciudadana y proteger los derechos de los ciudadanos; y la regulación de la formación y capacitación continua de los miembros de la policía local. Además, se establece un régimen disciplinario que incluye faltas y sanciones, así como derechos y deberes de los funcionarios. La ley también contempla la figura de los vigilantes municipales en aquellos municipios que no cuenten con un cuerpo de policía local, y regula la creación de cuerpos de policía en función de las necesidades de cada municipio.

Esta ley no está derogada y se encuentra en vigor, sustituyendo a la anterior Ley 3/1992 de coordinación de las policías locales.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 4/2007
Fecha de la disposición
2007-04-20
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 137, 2007-06-08
Entrada en vigor
2007-05-23
Departamento
Comunidad Autónoma de Galicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-02-16
Artículos
107
Identificador BOE
BOE-A-2007-11323
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1

La Constitución española, dentro del espíritu descentralizador que la inspira y que contempla su título VIII, en su artículo 148.1.22.ª determina, como una de las competencias que podrán asumir las comunidades autónomas, la coordinación y demás facultades relacionadas con las policías locales, en los términos que establezca una ley orgánica.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 4/2007?
Ley 4/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/2007?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2007?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.