Artículo 37. Acceso a la categoría de oficial.
Artículo 37 de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales. · BOE-A-2007-11323
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
El acceso a la categoría de oficial se realizará:
a) Por promoción interna, mediante concurso-oposición, entre el personal del cuerpo que tenga un mínimo de tres años de antigüedad en la categoría de policía y esté en posesión de la titulación académica de acceso a la categoría.
b) (Sin contenido).
c) De no cubrirse la plaza o plazas a través de la convocatoria establecida en la letra a) de este artículo y de no cubrirse mediante el procedimiento de provisión previsto en el artículo 43, podrán ser cubiertas, mediante concurso-oposición, por personal funcionario de otros cuerpos de policía local de Galicia con la categoría de policía, en posesión de la titulación académica de acceso y una antigüedad de cinco años en la categoría.
Se deja sin contenido la letra b) y se modifica la letra c) por el art. 40.5 y 6 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-3415
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-3415.