Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi.
BOE-A-2021-20914 · Boletín Oficial del Estado, 2021-12-20 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 9/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 9/2021, de 25 de noviembre, regula la conservación del patrimonio natural en Euskadi, estableciendo un marco legal para proteger y gestionar la biodiversidad y los ecosistemas de la región. Esta norma es aplicable a todas las administraciones públicas y ciudadanos de Euskadi desde su entrada en vigor, que será a los cuatro meses de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Entre los puntos clave de la ley, se destacan las siguientes obligaciones y derechos: se establece el deber de las administraciones de garantizar la conservación y el uso sostenible del patrimonio natural, así como la obligación de la ciudadanía de protegerlo y hacer un uso responsable. La ley también promueve la creación de un Sistema de Información de la Naturaleza de Euskadi y un Inventario del Patrimonio Natural, facilitando el acceso a la información y la participación pública en la gestión ambiental. Además, se contempla un régimen sancionador para las infracciones relacionadas con la protección del patrimonio natural, con multas que varían según la gravedad de la infracción. Esta ley no deroga ninguna norma anterior, pero sí deroga el Decreto Legislativo 1/2014 y otros artículos de la Ley 3/1998.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-11-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 303, 2021-12-20
- Entrada en vigor
- 2022-04-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 124
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-20914
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Euskadi alberga una gran biodiversidad debido a su situación geográfica, en una zona de transición climática (mediterráneo-atlántico), con costa y monte. Con algo menos del 1 % del territorio de la Unión Europea, Euskadi acoge aproximadamente el 35 % de los hábitats de interés europeo, el 21 % de las especies de fauna y el 2 % de las de flora, dentro de las cuales se encuentran 14 hábitats y 4 especies de interés prioritario para el continente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Función social.
- Artículo 6. Deberes de los poderes públicos.
- Artículo 7. Derechos y deberes de la ciudadanía.
- Artículo 8. Integración en políticas sectoriales.
- Artículo 9. Patrimonio natural y cambio climático.
- Artículo 10. Competencias de las administraciones públicas.
- Artículo 11. Mecanismos de cooperación interadministrativa.
- Artículo 12. Comisión de Coordinación en materia de Patrimonio Natural.
- Artículo 13. Consejo Asesor de Medio Ambiente.
- Artículo 14. Inventario del Patrimonio Natural del País Vasco.
- Artículo 15. Sistema de Información de la Naturaleza de Euskadi.
- Artículo 16. Red de conocimiento de la naturaleza de Euskadi.
- Artículo 17. Informes sobre el estado del patrimonio natural del País Vasco.
- Artículo 18. Objeto y contenido.
- Artículo 19. Elaboración.
- Artículo 20. Vigencia y alcance.
- Artículo 21. Concepto.
- Artículo 22. Contenido y ámbito territorial.
- Artículo 23. Vigencia.
- Artículo 24. Alcance.
- Artículo 25. Procedimiento de elaboración y aprobación.
- Artículo 26. Protección cautelar.
- Artículo 27. Planificación de la conectividad ecológica.
- Artículo 28. Medidas de conectividad ecológica.
- Artículo 29. El suelo como función natural.
- Artículo 30. El karst y las cavidades.
- Artículo 31. Situaciones excepcionales de daño o riesgo.
- Artículo 32. Listado de Hábitats Naturales de Interés de Euskadi y Catálogo de Hábitats en Peligro de Desaparición.
- Artículo 33. Efectos.
- Artículo 34. Planes de conservación y restauración de los hábitats.
- Artículo 35. Caracterización de los hábitats.
- Artículo 36. Concepto.
- Artículo 37. Tipología.
- Artículo 38. Solapamiento de categorías.
- Artículo 39. Delimitación y cartografía.
- Artículo 40. Acceso y tránsito.
- Artículo 41. Incorporación de la información geográfica al Registro de la Propiedad.
- Artículo 42. Servidumbre de señalización.
- Artículo 43. Utilidad pública y derecho de tanteo y retracto.
- Artículo 44. Zonas periféricas de protección.
- Artículo 45. Protección de la denominación.
- Artículo 46. Actividades extractivas.
- Artículo 47. Red de espacios protegidos del patrimonio natural del País Vasco.
- Artículo 48. Parque natural.
- Artículo 49. Reserva natural.
- Artículo 50. Monumento natural.
- Artículo 51. Paisaje natural protegido.
- Artículo 52. Procedimiento de declaración.
- Artículo 53. Gestión de los espacios naturales protegidos.
- Artículo 54. Planes rectores de uso y gestión.
- Artículo 55. Vigencia y complementariedad de los planes rectores de uso y gestión.
- Artículo 56. Patronatos de parques naturales.
- Artículo 57. Composición de la Red Natura 2000 del País Vasco.
- Artículo 58. Procedimiento de designación.
- Artículo 59. Gestión de la Red Natura 2000.
- Artículo 60. Plan Director de Red Natura 2000 de Euskadi.
- Artículo 61. Descatalogación de espacios de la Red Natura 2000.
- Artículo 62. Vigilancia y seguimiento.
- Artículo 63. Reservas de la biosfera.
- Artículo 64. Geoparques.
- Artículo 65. Humedales de importancia internacional.
- Artículo 66. Otros espacios naturales protegidos por normas internacionales.
- Artículo 67. Principios generales.
- Artículo 68. Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial del País Vasco.
- Artículo 69. Especies silvestres amenazadas.
- Artículo 70. Medidas de protección de especies amenazadas.
- Artículo 71. Especies autóctonas extinguidas.
- Artículo 72. Catálogo Vasco de Especies Exóticas Invasoras.
- Artículo 73. Prohibiciones generales relativas a las especies de fauna y flora silvestres.
- Artículo 74. Prohibiciones y obligaciones de aplicación a las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial del País Vasco.
- Artículo 75. Excepciones.
- Artículo 76. Requisitos y procedimiento para la autorización de excepciones.
- Artículo 77. Protección de especies en relación con la caza y la pesca.
- Artículo 78. Centros de recuperación de fauna silvestre y bancos de germoplasma.
- Artículo 79. Cría en cautividad de especies de la fauna silvestre.
- Artículo 80. Introducción, reintroducción o reforzamiento de especies.
- Artículo 81. Registro de bancos de material genético.
- Artículo 82. Taxidermia.
- Artículo 83. Aprovechamientos.
- Artículo 84. Medios de financiación de la conservación del patrimonio natural.
- Artículo 85. Adecuación de las estructuras orgánicas.
- Artículo 86. Áreas de influencia socioeconómica.
- Artículo 87. Programas de desarrollo socioeconómico.
- Artículo 88. Régimen indemnizatorio.
- Artículo 89. Custodia del territorio y fomento de la protección del patrimonio natural.
- Artículo 90. Acuerdos con personas propietarias para la protección del patrimonio natural.
- Artículo 91. Bancos de conservación de la naturaleza.
- Artículo 92. Medidas fiscales.
- Artículo 93. Personal inspector.
- Artículo 94. Funciones.
- Artículo 95. Responsabilidad administrativa.
- Artículo 96. Infracciones.
- Artículo 97. Infracciones muy graves.
- Artículo 98. Infracciones graves.
- Artículo 99. Infracciones leves.
- Artículo 100. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 101. Graduación y especificación de infracciones y sanciones.
- Artículo 102. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 103. Reposición e indemnización.
- Artículo 104. Competencia.
- Artículo 105. Publicidad de las sanciones.
- Artículo 106. Concurrencia con la jurisdicción penal.
- Artículo 107. Multas coercitivas.
- Artículo 108. Infracciones de caza, pesca y montes.
- Artículo 109. Medidas desincentivadoras o disuasorias de la comisión de infracciones.
- Disposición adicional primera. Régimen de los biotopos protegidos.
- Disposición adicional segunda. Régimen de los árboles singulares.
- Disposición adicional tercera. Demolición de obstáculos.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de Caza.
- Disposición adicional quinta. Catálogo Vasco de Corredores Ecológicos.
- Disposición transitoria primera. Incremento de masas forestales y del dosel arbóreo en áreas urbanas.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos de elaboración de planes en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Régimen de protección del macizo de Itxina.
- Disposición transitoria cuarta. Procedimientos sancionadores en tramitación.
- Disposición transitoria quinta. Adaptación de categorías de especies amenazadas.
- Disposición transitoria sexta. Consejo Asesor de Conservación de la Naturaleza-Naturzaintza.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático. |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2021?
- Ley 9/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2021?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.