Ley 8/2002, de 18 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico de Galicia.
BOE-A-2003-1266 · Boletín Oficial del Estado, 2003-01-21 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 8/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-12-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 18, 2003-01-21
- Entrada en vigor
- 2003-01-30
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 67
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-1266
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Aunque el equilibrio atmosférico natural es flexible, resulta alterado y modificado por las emisiones antropogénicas de sustancias contaminantes causantes de diversos procesos de contaminación que no conocen distancias ni fronteras y sus efectos pueden manifestarse antes de poder protegerse contra los mismos.
La comunidad internacional, consciente de que el estado del ambiente atmosférico es uno de los problemas más acuciantes de nuestra época, promovió la creación de foros científicos para estudiar sus efectos y proponer las medidas oportunas. El transporte de contaminantes a largas distancias, la lluvia ácida, la destrucción de la capa de ozono estratosférico y la acumulación de gases con «efecto invernadero» son sus manifestaciones más significativas. Este último podría tener en el futuro alteraciones sobre el clima.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Líneas de actuación.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación de la Ley.
- Artículo 5. Definiciones.
- Artículo 6. Criterios generales.
- Artículo 7. Valores de la calidad del aire.
- Artículo 8. Evaluación de la calidad del aire.
- Artículo 9. Red general de vigilancia de la calidad del aire de Galicia.
- Artículo 10. Modelización de la calidad del aire ambiente.
- Artículo 11. Tratamiento de la información atmosférica.
- Artículo 12. Mapa de cargas y niveles críticos de Galicia.
- Artículo 13. Zonas y aglomeraciones urbanas.
- Artículo 14. Planes de saneamiento y mejora de la calidad del aire en zonas de atmósfera contaminada.
- Artículo 15. Situación de alerta atmosférica.
- Artículo 16. Planes de acción para el mantenimiento de la calidad del aire.
- Artículo 17. Inventario de las fuentes de emisión.
- Artículo 18. Obligaciones generales para los titulares de actividades potencialmente contaminantes.
- Artículo 19. Condiciones para la autorización de instalaciones industriales.
- Artículo 20. Sistemas de control y medida.
- Artículo 21. Sistema de control integrado de la contaminación.
- Artículo 22. Emisiones fugitivas y difusas en operaciones industriales.
- Artículo 23. Control de las emisiones urbanas no industriales.
- Artículo 24. Control de las actividades de transporte.
- Artículo 25. Ayudas y subvenciones.
- Artículo 26. Fondo de Protección del Ambiente Atmosférico de Galicia.
- Artículo 27. Contabilidad ambiental.
- Artículo 28. Sistemas de gestión y auditoría ambientales.
- Artículo 29. Otros instrumentos de gestión.
- Artículo 30. Investigación y desarrollo científico y técnico.
- Artículo 31. Formación y educación ambiental.
- Artículo 32. Planificación sectorial y protección integrada del medio ambiente atmosférico.
- Artículo 33. Derecho a la información sobre la calidad del aire y las emisiones a la atmósfera.
- Artículo 34. Informe anual sobre el estado del ambiente atmosférico de Galicia.
- Artículo 35. Indicadores ambientales.
- Artículo 36. Participación ciudadana.
- Artículo 37. Administración Pública de la Xunta de Galicia.
- Artículo 38. Municipios.
- Artículo 39. Colaboración y coordinación.
- Artículo 40. Comunicación e información.
- Artículo 41. Auxilio. Convenios con los municipios.
- Artículo 42. Potestad de inspección.
- Artículo 43. Homologación de los procedimientos de toma de muestras y mediciones.
- Artículo 44. Responsabilidades.
- Artículo 45. Infracciones administrativas.
- Artículo 46. Medidas cautelares.
- Artículo 47. Sanciones económicas.
- Artículo 48. Graduación de las multas.
- Artículo 49. Sanciones accesorias.
- Artículo 50. Prohibición de establecer contratos y de obtener subvenciones.
- Artículo 51. Competencia para imponer las sanciones.
- Artículo 52. Restauración del medio e indemnización.
- Artículo 53. Recursos administrativos.
- Artículo 54. Acción pública.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
- Disposición final quinta.
- Disposición final sexta.
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Directiva 96/62/CE, de 27 de septiembre |
| En relación con | Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2002?
- Ley 8/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.