Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 8/2002, de 18 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico de Galicia. · BOE-A-2003-1266
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-30.
Texto consolidado
En el plazo máximo de un año, la Consellería de Medio Ambiente dictará las normas necesarias para estructurar y regular la gestión y el funcionamiento de la red general de vigilancia de la calidad del aire de Galicia.