Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.
BOE-A-1997-21043 · Boletín Oficial del Estado, 1997-10-03 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 8/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-08-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 237, 1997-10-03
- Entrada en vigor
- 1997-11-29
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 55
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-21043
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 49 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos la realización de una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, a los que prestarán la atención específica que requieran y ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que la Constitución otorga a todos los ciudadanos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Niveles de accesibilidad.
- Artículo 5. Accesibilidad en espacios públicos.
- Artículo 6. Itinerarios.
- Artículo 7. Parques, jardines y espacios libres públicos.
- Artículo 8. Aparcamientos.
- Artículo 9. Elementos de urbanización.
- Artículo 10. Señales y elementos verticales.
- Artículo 11. Otros elementos de mobiliario urbano.
- Artículo 12. Protección y señalización de obras en la vía pública.
- Artículo 13. Accesibilidad en edificios de uso público.
- Artículo 14. Reserva de plazas de aparcamientos.
- Artículo 15. Accesos al interior de los edificios.
- Artículo 16. Comunicación horizontal.
- Artículo 17. Movilidad vertical.
- Artículo 18. Aseos.
- Artículo 19. Reserva de espacios.
- Artículo 20. Servicios e instalaciones.
- Artículo 21. Controles de ejecución.
- Artículo 22. Accesibilidad en edificios de titularidad privada y uso residencial.
- Artículo 23. Accesibilidad en otros edificios de titularidad pública y uso residencial.
- Artículo 24. Reserva de viviendas adaptadas.
- Artículo 25. Garantías para la realización de obras de adaptación.
- Artículo 26. Accesibilidad en los transportes públicos.
- Artículo 27. Tarjetas de accesibilidad.
- Artículo 28. Expedición de las tarjetas de accesibilidad.
- Artículo 29. Accesibilidad de los sistemas de comunicación y señalización.
- Artículo 30. Fondo para la supresión de barreras.
- Artículo 31. Dotaciones del fondo.
- Artículo 32. Destino del fondo.
- Artículo 33. Licencias y autorizaciones.
- Artículo 34. Visado de proyectos técnicos.
- Artículo 35. Barreras en el transporte y en la comunicación.
- Artículo 36. Infracciones.
- Artículo 37. Sanciones.
- Artículo 38. Graduación de las sanciones.
- Artículo 39. Responsabilidades.
- Artículo 40. Órganos competentes para la imposición de las sanciones.
- Artículo 41. Procedimiento sancionador.
- Artículo 42. Destino de las sanciones.
- Artículo 43. Prescripción.
- Artículo 44. Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad. |
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos. |
| Cita | Ley 4/1993, de 14 de abril |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/1997?
- Ley 8/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/1997?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.