Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.
BOE-A-2015-2604 · Boletín Oficial del Estado, 2015-03-11 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 10/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-12-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 60, 2015-03-11
- Entrada en vigor
- 2015-03-17
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 89
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-2604
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1
La mejora de la calidad de vida de toda la población y, especialmente, de las personas con movilidad reducida ha sido uno de los objetivos fundamentales de la actuación pública por la que fue aprobada la Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia, posteriormente desarrollada por el Decreto 35/2000, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la ley y el Código de accesibilidad. Estas normas establecieron las bases para la supresión de barreras en la edificación, los espacios urbanos, el transporte y la comunicación, y para la promoción de la accesibilidad y la mejora de la calidad de vida y la autonomía de las personas con discapacidad y movilidad reducida.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Accesibilidad en espacios públicos urbanizados.
- Artículo 6. Itinerarios.
- Artículo 7. Parques, jardines y espacios libres públicos.
- Artículo 8. Aparcamientos.
- Artículo 9. Elementos de urbanización.
- Artículo 10. Normas generales.
- Artículo 11. Señales y elementos verticales.
- Artículo 12. Elementos vinculados a actividades comerciales.
- Artículo 13. Otros elementos de mobiliario urbano.
- Artículo 14. Señalización e información accesibles.
- Artículo 15. Obras e intervenciones en la vía pública.
- Artículo 16. Accesibilidad en edificios de uso público.
- Artículo 17. Reserva de plazas de aparcamiento.
- Artículo 18. Accesos al interior de los edificios.
- Artículo 19. Comunicación horizontal.
- Artículo 20. Movilidad vertical.
- Artículo 21. Aseos.
- Artículo 22. Reserva de espacios.
- Artículo 23. Utilización accesible del mobiliario.
- Artículo 24. Accesibilidad en edificios de titularidad privada de uso residencial de vivienda.
- Artículo 25. Información y señalización.
- Artículo 26. Seguridad en caso de incendio.
- Artículo 27. Reserva de viviendas accesibles.
- Artículo 28. Garantías para la realización de obras de adaptación.
- Artículo 29. Edificios de valor histórico-artístico.
- Artículo 30. Normas generales.
- Artículo 31. Adaptación de las infraestructuras y del material móvil existente.
- Artículo 32. Tarjetas de accesibilidad.
- Artículo 33. Expedición de las tarjetas de accesibilidad.
- Artículo 34. Accesibilidad de los sistemas de comunicación y señalización.
- Artículo 35. Sociedad de la información y de las telecomunicaciones.
- Artículo 36. Símbolo internacional de accesibilidad.
- Artículo 37. Acceso a los bienes y servicios de las administraciones públicas de Galicia.
- Artículo 38. Instrumentos de control.
- Artículo 39. Licencias y autorizaciones.
- Artículo 40. Contratos administrativos.
- Artículo 41. Visado de proyectos técnicos.
- Artículo 42. Accesibilidad en el transporte y en la comunicación.
- Artículo 43. Controles de ejecución.
- Artículo 44. Competencia sancionadora.
- Artículo 45. Objeto de las infracciones.
- Artículo 46. Actuaciones u omisiones infractoras.
- Artículo 47. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 48. Infracciones leves.
- Artículo 49. Infracciones graves.
- Artículo 50. Infracciones muy graves.
- Artículo 51. Sanciones.
- Artículo 52. Sanciones accesorias.
- Artículo 53. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 54. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 55. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Artículo 56. Graduación de las sanciones.
- Artículo 57. Multas coercitivas.
- Artículo 58. Sujetos responsables.
- Artículo 59. Iniciación del procedimiento sancionador.
- Artículo 60. Procedimiento sancionador.
- Artículo 61. Actuaciones previas.
- Artículo 62. Archivo de actuaciones previas.
- Artículo 63. Colaboración en la tramitación de los procedimientos.
- Artículo 64. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 65. Caducidad.
- Artículo 66. Órganos competentes para la imposición de las sanciones.
- Artículo 67. Publicidad de las resoluciones sancionadoras.
- Artículo 68. Garantía de accesibilidad de los procedimientos.
- Artículo 69. El Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras.
- Artículo 70. La Comisión Técnica de Accesibilidad.
- Disposición adicional primera. Adaptación y supresión de barreras existentes.
- Disposición adicional segunda. Planes de evacuación y seguridad.
- Disposición adicional tercera. Acciones formativas y sensibilización social.
- Disposición adicional cuarta. Excepciones.
- Disposición adicional quinta. Instalación de ascensores y viviendas de uso exclusivo para personas con discapacidad.
- Disposición adicional sexta. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
- Disposición adicional séptima. Viviendas de promoción pública.
- Disposición adicional octava. Información al Parlamento.
- Disposición transitoria primera. Planes urbanísticos e instrumentos de planeamiento.
- Disposición transitoria segunda. Proyectos de edificación y urbanización en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Tarjetas de accesibilidad.
- Disposición transitoria cuarta. Normativa vigente.
- Disposición transitoria quinta. Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras.
- Disposición transitoria sexta. Comisión Técnica de Accesibilidad.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Plan gallego de accesibilidad.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 5, por Ley 4/2021, de 28 de enero |
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/2014?
- Ley 10/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 10/2014?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.