Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
BOE-A-2013-5940 · Boletín Oficial del Estado, 2013-06-05 · Jefatura del Estado
Ley 3/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-18.
Resumen
La Ley 3/2013, de 4 de junio, crea la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), un organismo público que tiene como objetivo garantizar el correcto funcionamiento y la competencia efectiva en los mercados españoles. Esta ley se aplica a todos los sectores económicos y a cualquier entidad que opere en ellos desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley, se establece que la CNMC asumirá las funciones de varios organismos reguladores que se extinguen, como la Comisión Nacional de Energía y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. La CNMC tiene la responsabilidad de supervisar y controlar los mercados, resolver conflictos entre operadores, y aplicar la normativa de defensa de la competencia. Además, se le otorgan poderes de inspección y sanción, así como la capacidad de emitir informes y recomendaciones sobre políticas económicas. La ley también refuerza la transparencia y el control parlamentario sobre la CNMC, exigiendo que su presidente comparezca anualmente ante el Congreso para informar sobre sus actividades.
Esta norma no está derogada y sigue en vigor, estableciendo un marco regulador fundamental para la competencia y el funcionamiento de los mercados en España.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-06-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 134, 2013-06-05
- Entrada en vigor
- 2013-06-06
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-09-18
- Artículos
- 82
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-5940
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 2. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 3. Independencia funcional y relación con las entidades públicas y privadas.
- Artículo 4. Coordinación y cooperación institucional.
- Artículo 5. Funciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de carácter general y para preservar y promover la competencia efectiva en todos los mercados y se…
- Artículo 6. Supervisión y control del mercado de comunicaciones electrónicas.
- Artículo 7. Supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural.
- Artículo 8. Supervisión y control del mercado postal.
- Artículo 9. Supervisión y control en materia de mercado de comunicación audiovisual.
- Artículo 9 bis. Supervisión y control en materia de servicios digitales intermediarios.
- Artículo 10. Supervisión y control en materia de tarifas aeroportuarias.
- Artículo 11. Supervisión y control en el sector ferroviario.
- Artículo 12. Resolución de conflictos.
- Artículo 13. Órganos de gobierno.
- Artículo 14. El Consejo.
- Artículo 15. Nombramiento y mandato de los miembros del Consejo.
- Artículo 16. Funcionamiento del Consejo.
- Artículo 17. El pleno del Consejo.
- Artículo 18. Las salas del Consejo.
- Artículo 19. Funciones del Presidente.
- Artículo 20. Funciones del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 21. Competencias de pleno y salas.
- Artículo 22. Funciones e incompatibilidades de los miembros del Consejo.
- Artículo 23. Causas de cese en el ejercicio del cargo.
- Artículo 24. Obligación de informar y garantías para la actuación imparcial.
- Artículo 25. Órganos de dirección.
- Artículo 26. Estatuto Orgánico y Reglamento de funcionamiento interno.
- Artículo 27. Facultades de inspección.
- Artículo 28. Requerimientos de información, deber de secreto y acceso a los registros estatales.
- Artículo 29. Potestad sancionadora.
- Artículo 30. Circulares, circulares informativas y comunicaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 31. Régimen jurídico del personal.
- Artículo 32. Régimen de contratación.
- Artículo 33. Régimen económico-financiero y patrimonial.
- Artículo 34. Presupuesto, régimen de contabilidad y control económico y financiero.
- Artículo 35. Asistencia jurídica.
- Artículo 36. Recursos contra los actos, las decisiones y las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 37. Publicidad de las actuaciones.
- Artículo 38. Medidas para mejorar la eficiencia, eficacia y calidad de los procedimientos de supervisión.
- Artículo 39. Control parlamentario.
- Disposición adicional primera. Constitución y ejercicio efectivo de las funciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición adicional segunda. Extinción de organismos.
- Disposición adicional tercera. Régimen especial de incompatibilidad e indemnización del Presidente, Vicepresidente y consejeros de los organismos que se extinguen.
- Disposición adicional cuarta. Asignación de medios a la Administración General del Estado.
- Disposición adicional quinta. Atribución de competencias a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición adicional sexta. Integración del personal de los organismos públicos que se extinguen en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición adicional séptima. Funciones que asume el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia audiovisual.
- Disposición adicional octava. Funciones que asume el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia de energía.
- Disposición adicional novena. Toma de participaciones en el sector energético.
- Disposición adicional décima. Funciones que asumen la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo y la Agencia Estatal de Administración Tributaria en ma…
- Disposición adicional undécima. Funciones que asume el Ministerio de Fomento en relación con el sector postal.
- Disposición adicional duodécima. Funciones que asume el Ministerio de la Presidencia en materia audiovisual.
- Disposición adicional decimotercera. Remisión de informes al Instituto Nacional de Consumo.
- Disposición adicional decimocuarta. Tasas, prestaciones patrimoniales e ingresos derivados del ejercicio de las funciones previstas en esta Ley.
- Disposición adicional decimoquinta. Consejos consultivos.
- Disposición adicional decimosexta. Ejercicio temporal de las funciones de supervisión en materia de tarifas aeroportuarias.
- Disposición adicional decimoséptima. Fomento de la corregulación publicitaria.
- Disposición adicional decimoctava. Otras sedes.
- Disposición adicional decimonovena.
- Disposición transitoria primera. Primer mandato de los miembros de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia.
- Disposición transitoria segunda. Nombramiento del primer Presidente y Vicepresidente.
- Disposición transitoria tercera. Continuación de funciones por los organismos que se extinguen.
- Disposición transitoria cuarta. Desempeño transitorio de funciones por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición transitoria quinta. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición transitoria sexta. Puestos de trabajo de personal funcionario que venían siendo desempeñados por personal laboral.
- Disposición transitoria séptima. Presupuestos aplicables hasta la aprobación de los presupuestos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición transitoria octava. Régimen transitorio contable y de rendición de cuentas anuales.
- Disposición transitoria novena. Gestión y liquidación de las tasas previstas en el Anexo.
- Disposición transitoria décima. Órganos de asesoramiento de la Comisión Nacional de Energía.
- Disposición transitoria undécima. Ejercicio temporal de las funciones de supervisión en materia de proyectos de interés común europeo de infraestructuras de hidrógeno.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
- Disposición final octava. Modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
- Disposición final novena. Título competencial.
- Disposición final décima. Habilitación normativa.
- Disposición final undécima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (25)
Normas a las que afecta (13)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2013?
- Ley 3/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2013?
- El BOE registra 25 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.