Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
BOE-A-2014-10517 · Boletín Oficial del Estado, 2014-10-17 · Jefatura del Estado
Ley 18/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-24.
Datos clave
- Rango
- Ley 18/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-10-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 252, 2014-10-17
- Entrada en vigor
- 2014-10-17
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-24
- Artículos
- 170
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-10517
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, para adaptar el Fondo para Operaciones de Inversión en e…
- Artículo 2. Programa de garantías del Instituto de Crédito Oficial para favorecer la financiación y la internacionalización de la empresa española.
- Artículo 3. Cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
- Artículo 4. Declaración de zonas de gran afluencia turística en los municipios que reuniesen en 2013 los requisitos del artículo 5.5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Hor…
- Artículo 5. Declaración de zonas de gran afluencia turística de la Disposición adicional undécima del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la est…
- Artículo 6. Modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
- Artículo 7. Modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
- Artículo 8. Modificación de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
- Artículo 9. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 10. Definiciones.
- Artículo 11. Límites máximos a las tasas de intercambio.
- Artículo 12. Prohibición de la repercusión de gastos al ordenante.
- Artículo 13. Obligaciones de información al Banco de España.
- Artículo 14. Seguimiento.
- Artículo 15. Régimen sancionador.
- Artículo 16. Finalidad y objeto.
- Artículo 17. Gestión directa de los aeropuertos de interés general.
- Artículo 18. Cambio de denominación.
- Artículo 19. Definiciones en el ámbito aeroportuario.
- Artículo 20. Competencias, deber de colaboración y financiación.
- Artículo 21. Servicio de interés económico general.
- Artículo 22. Garantías para el mantenimiento de la red de aeropuertos de interés general.
- Artículo 23. Documento de Regulación Aeroportuaria.
- Artículo 24. Propuesta de Aena, S.M.E., S.A., de Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) y consultas.
- Artículo 25. Elaboración y propuesta de aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 26. Aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 27. Modificación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 28. Tratamiento de la información confidencial y deber de secreto.
- Artículo 29. Contenido del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 30. Servicios aeroportuarios básicos.
- Artículo 31. Supervisión y seguimiento del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 32. Régimen de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 33. Determinación del ingreso máximo anual por pasajero ajustado (IMAAJ).
- Artículo 34. Establecimiento de las tarifas aeroportuarias y procedimiento de transparencia y consulta de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 35. Información suministrada.
- Artículo 36. Acuerdos sobre el nivel de servicio y servicios personalizados.
- Artículo 37. Supervisión del procedimiento de transparencia y consultas.
- Artículo 38. Supervisión de las tarifas aeroportuarias aplicadas de forma discriminatoria.
- Artículo 39. Recursos de las compañías aéreas frente a la decisión de Aena, S.A., de modificación o actualización de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 40. Plazo para resolver y decisión provisional sobre la eficacia de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 41. Acceso a la información.
- Artículo 42. Procedimiento sancionador y responsabilidad administrativa.
- Artículo 43. Infracciones.
- Artículo 44. Sanciones.
- Artículo 45. Transparencia, consulta y supervisión en relación a las tarifas aeroportuarias de aeropuertos autonómicos y de titularidad privada.
- Artículo 46. Información a las autoridades administrativas.
- Artículo 47. Medidas compensatorias en materia de calidad acústica.
- Artículo 48. Modificación de los anexos.
- Artículo 49. Incentivos comerciales.
- Artículo 50. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
- Artículo 51. Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
- Artículo 52. Modificación de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales administrativas y del orden social.
- Artículo 53. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Artículo 54. Modificación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión.
- Artículo 55. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 56. Modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
- Artículo 57. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Artículo 58. Listado de operadores al por mayor de GLP con obligación de suministro domiciliario de gases licuados del petróleo envasados.
- Artículo 59. Sostenibilidad económica y financiera.
- Artículo 60. Retribución de las actividades reguladas.
- Artículo 61. Desajustes temporales entre ingresos y costes del sistema.
- Artículo 62. Retribución de las actividades reguladas de gas natural desde el 1 de enero de 2014 hasta la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de medidas…
- Artículo 63. Determinación de la retribución de la actividad de distribución de gas natural.
- Artículo 64. Determinación de la retribución de las actividades de regasificación, transporte y almacenamiento básico de gas natural.
- Artículo 65. Primer periodo regulatorio.
- Artículo 66. Costes del sistema gasista reconocidos para el año 2014 y siguientes.
- Artículo 67. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Artículo 68. Modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
- Artículo 69. Creación de un sistema nacional de obligaciones.
- Artículo 70. Determinación de la tasa anual de ahorro energético y de su aplicación por parte de los sujetos obligados.
- Artículo 71. Cumplimiento de las obligaciones y Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 72. Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
- Artículo 73. Organización, gestión y control del Fondo.
- Artículo 74. Dotación económica del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
- Artículo 75. Obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia en 2014.
- Artículo 76. Seguro de responsabilidad civil por parte de los proveedores de servicios energéticos.
- Artículo 77. Responsables.
- Artículo 78. Infracciones.
- Artículo 79. Infracciones en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
- Artículo 80. Infracciones en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de en…
- Artículo 81. Sanciones por las infracciones tipificadas en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
- Artículo 82. Sanciones por las infracciones tipificadas en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la e…
- Artículo 83. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 84. Competencia para iniciar, instruir y resolver.
- Artículo 85. Naturaleza de las sanciones y responsabilidades.
- Artículo 86. Procedimiento sancionador.
- Artículo 87. Objeto.
- Artículo 88. Ámbito de aplicación.
- Artículo 89. Principios generales.
- Artículo 90. Objetivos.
- Artículo 91. Necesidad de inscripción.
- Artículo 92. Creación y naturaleza.
- Artículo 93. Funciones del fichero.
- Artículo 94. Soporte.
- Artículo 95. Conjunto de datos.
- Artículo 96. Objeto de la inscripción.
- Artículo 97. Requisitos para la inscripción.
- Artículo 98. Procedimiento para la inscripción.
- Artículo 99. Lista única de demanda.
- Artículo 100. Obligaciones relativas a los datos.
- Artículo 101. Modificación de los datos y baja en el sistema.
- Artículo 102. Acceso, rectificación, cancelación y oposición.
- Artículo 103. Cesión de datos.
- Artículo 104. Objeto.
- Artículo 105. Requisitos y proceso de atención.
- Artículo 106. Medidas y acciones.
- Artículo 107. Bonificación por la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Artículo 108. Modificación de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
- Artículo 109. Contrato para la formación y el aprendizaje.
- Artículo 110. Revisión de las bonificaciones.
- Artículo 111. Creación de un fichero de datos de carácter personal.
- Artículo 112. Coordinación y seguimiento.
- Artículo 113. Normas aplicables a los procedimientos regulados en el capítulo I.
- Artículo 114. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
- Artículo 115. Referencias a los programas públicos de empleo y formación.
- Artículo 116. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
- Artículo 117. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
- Artículo 118. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
- Artículo 119. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- Artículo 120. Modificación del Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.
Normas que la modifican o afectan (28)
Normas a las que afecta (32)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 18/2014?
- Ley 18/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-24.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 18/2014?
- El BOE registra 28 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 18/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.