Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
BOE-A-2014-11714 · Boletín Oficial del Estado, 2014-11-13 · Jefatura del Estado
Ley 22/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 22/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-11-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 275, 2014-11-13
- Entrada en vigor
- 2014-11-14
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 124
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-11714
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Inversión colectiva de tipo cerrado.
- Artículo 3. Entidades de capital-riesgo.
- Artículo 4. Entidades de inversión colectiva de tipo cerrado.
- Artículo 4 bis. Entidades de inversión colectiva de tipo cerrado de préstamos.
- Artículo 5. Ámbito de aplicación.
- Artículo 6. Entidades excluidas.
- Artículo 7. Concepto de entidad financiera y de empresa no financiera.
- Artículo 8. Constitución de entidades de capital-riesgo y entidades de inversión colectiva de tipo cerrado.
- Artículo 9. Actividad principal.
- Artículo 10. Actividades complementarias.
- Artículo 11. Reserva de denominación.
- Artículo 12. Política de inversiones.
- Artículo 13. Coeficiente obligatorio de inversión de las ECR.
- Artículo 14. Inversión en ECR.
- Artículo 15. Coeficiente de libre disposición.
- Artículo 16. Limitaciones de grupo y diversificación de las inversiones.
- Artículo 17. Incumplimientos temporales de los límites establecidos en las inversiones.
- Artículo 18. Activo computable y otros límites a las inversiones.
- Artículo 19. Adquisición de participaciones en empresas no financieras cotizadas en mercados regulados.
- Artículo 20. Entidades de capital-riesgo-Pyme.
- Artículo 21. Coeficiente obligatorio de inversión de las ECR-Pyme.
- Artículo 22. Coeficiente de libre disposición de las ECR-Pyme.
- Artículo 23. Limitaciones de grupo y diversificación de las inversiones de las ECR-Pyme.
- Artículo 24. Incumplimientos temporales de las inversiones.
- Artículo 25. Otros límites a las inversiones.
- Artículo 26. Definición y régimen jurídico.
- Artículo 27. Valoración del patrimonio y determinación del valor liquidativo.
- Artículo 28. Transformación, fusión, escisión y demás operaciones societarias.
- Artículo 29. Delegación de la gestión.
- Artículo 30. Definición y régimen jurídico.
- Artículo 31. Patrimonio.
- Artículo 32. Constitución del fondo.
- Artículo 33. Contenido del reglamento de gestión del fondo.
- Artículo 34. Régimen de suscripción y reembolso de las participaciones.
- Artículo 35. Administración.
- Artículo 36. Fusión.
- Artículo 37. Disolución y liquidación.
- Artículo 38. Régimen jurídico de las SICC y los FICC.
- Artículo 39. Régimen jurídico de los fondos de capital riesgo europeos.
- Artículo 40. Régimen jurídico de los fondos de emprendimiento social europeos (FESE).
- Artículo 40 bis. Régimen jurídico de los fondos de inversión a largo plazo europeos (FILPE).
- Artículo 41. Concepto y objeto social.
- Artículo 42. Requisitos de acceso a la actividad.
- Artículo 43. Servicios accesorios.
- Artículo 44. Actividades prohibidas.
- Artículo 45. Solicitud de autorización.
- Artículo 46. Resolución de la autorización.
- Artículo 47. Sociedades gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva.
- Artículo 48. Requisitos de la autorización.
- Artículo 49. Consulta a la autoridad supervisora de otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Artículo 50. Depositario.
- Artículo 51. Potestades específicas de autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Artículo 52. Modificaciones de las condiciones de autorización.
- Artículo 53. Revocación.
- Artículo 54. Caducidad de la autorización.
- Artículo 55. Renuncia a la autorización.
- Artículo 56. Suspensión.
- Artículo 57. Sustitución de gestoras.
- Artículo 58. Registro.
- Artículo 59. Principios generales.
- Artículo 60. Políticas y procedimientos relacionados con el sistema retributivo y de fijación de incentivos.
- Artículo 61. Conflictos de interés.
- Artículo 62. Gestión del riesgo.
- Artículo 63. Gestión de la liquidez.
- Artículo 64. Valoración.
- Artículo 65. Delegación de funciones.
- Artículo 66. Subdelegación de funciones.
- Artículo 67. Obligaciones de información, de auditoría y contables.
- Artículo 67 bis. Política de implicación.
- Artículo 67 ter. Obligaciones de información de la SGEIC cuando presta servicios de gestión de activos de entidades aseguradoras o planes y fondos de pensiones.
- Artículo 68. Obligaciones de información a los inversores sobre cada entidad de inversión con carácter previo a la inversión.
- Artículo 69. Obligaciones de información periódica a los inversores.
- Artículo 70. Obligaciones de información periódica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Artículo 71. Obligaciones de información derivadas de la adquisición de participaciones significativas y del control de sociedades.
- Artículo 71 bis. Notificación de infracciones.
- Artículo 72. Condiciones de acceso y de ejercicio de la actividad de las SGEIC que gestionen ECR o EICC por debajo de determinados umbrales.
- Artículo 73. Condiciones de acceso y de ejercicio de la actividad de las SGEIC que gestionen fondos de capital riesgo europeos.
- Artículo 74. Condiciones de acceso y de ejercicio de la actividad de las SGEIC que gestionen fondos de emprendimiento social europeos.
- Artículo 74 bis. Condiciones de acceso y de ejercicio de la actividad de las SGEIC que gestionen fondos de inversión a largo plazo europeos.
- Artículo 75. Límites a la comercialización de ECR y EICC.
- Artículo 75 bis. Precomercialización de ECR y EICC gestionadas por sociedades gestoras autorizadas en España, en España y en el resto de la Unión Europea.
- Artículo 75 ter. Servicios disponibles para los inversores minoristas.
- Artículo 76. Comercialización en España de ECR o EICC constituidas en otro Estado miembro de la Unión Europea gestionadas por gestoras autorizadas en un Estado miembro al amparo…
- Artículo 77. Comercialización en España a inversores profesionales de ECR o EICC constituidas en un Estado no miembro de la Unión Europea gestionados por gestoras autorizadas en…
- Artículo 78. Comercialización en España a inversores profesionales de ECR o EICC gestionados por gestoras no domiciliadas en la Unión Europea.
- Artículo 79. Comercialización en España a inversores no profesionales de ECR a las que se refiere el artículo 5.1.e).
- Artículo 80. Comercialización de ECR y EICC gestionadas por sociedades gestoras autorizadas en España por la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de j…
- Artículo 80 bis. Notificación del cese de la comercialización de ECR y EICC gestionadas por sociedades gestoras autorizadas en España por la Directiva 2011/61/UE del Parlamento …
- Artículo 81. Condiciones para la gestión transfronteriza de ECR y EICC y para la prestación de servicios en otros Estados miembros por sociedades gestoras autorizadas en España …
- Artículo 82. Condiciones para la gestión de ECR y EICC españolas y para la prestación de servicios en España por sociedades gestoras reguladas por la Directiva 2011/61/UE, del P…
- Artículo 83. Condiciones aplicables a las SGEIC que gestionen ECR o EICC constituidos en un Estado no miembro de la Unión Europea no comercializadas en los Estados miembros de l…
- Artículo 84. Normativa aplicable.
- Artículo 85. Ámbito.
- Artículo 86. Facultades de supervisión e inspección.
- Artículo 87. Supervisión de los límites al apalancamiento, de la adecuación de los procesos de evaluación crediticia y del riesgo de liquidez.
- Artículo 88. Supervisión de gestoras autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea que gestionen o comercialicen ECR o EICC en España.
- Artículo 89. Cooperación transfronteriza en materia de supervisión y cancelación de datos personales.
- Artículo 90. Intercambio de información referente a las posibles consecuencias sistémicas de la actividad de las gestoras.
- Artículo 91. Responsabilidad.
- Artículo 92. Procedimiento.
- Artículo 93. Infracciones muy graves.
- Artículo 94. Infracciones graves.
- Artículo 95. Infracciones leves.
- Artículo 96. Sanciones por infracciones muy graves.
- Artículo 97. Sanciones por infracciones graves.
- Artículo 98. Sanciones por infracciones leves.
- Artículo 99. Sanciones por infracciones muy graves cometidas por los cargos de administración o dirección.
- Artículo 100. Sanciones por infracciones graves cometidas por los cargos de administración o dirección.
- Artículo 101. Criterios para la determinación de las sanciones.
- Artículo 102. Medidas de intervención y sustitución.
- Artículo 103. Otras disposiciones.
- Disposición adicional primera. Transformación de las sociedades gestoras de ECR autorizadas en SGEIC.
- Disposición adicional segunda. Remisiones normativas.
- Disposición adicional tercera. Plazo de adaptación a la nueva normativa de las entidades existentes.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 d…
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
- Disposición final cuarta. Modificación del anexo II de la Ley 13/2014, de 14 de julio, de transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 22/2014?
- Ley 22/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 22/2014?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 22/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.