Artículo 24. Incumplimientos temporales de las inversiones.
Artículo 24 de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. · BOE-A-2014-11714
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-14.
Texto consolidado
A los incumplimientos de los porcentajes previstos en los artículos 21.2, 22.e) y 23 les serán de aplicación las reglas contenidas en el artículo 17.
Más artículos de Ley 22/2014
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