Artículo 98. Sanciones por infracciones leves.
Artículo 98 de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. · BOE-A-2014-11714
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-14.
Texto consolidado
Por la comisión de infracciones leves se impondrá a la sociedad gestora multa por importe de hasta 60.000 euros.
Más artículos de Ley 22/2014
- ← Artículo 97. Sanciones por infracciones graves.
- → Artículo 99. Sanciones por infracciones muy graves cometidas por los cargos de administración o dirección.
- Ver la norma completa: Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.