Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
BOE-A-2003-13616 · Boletín Oficial del Estado, 2003-07-08 · Jefatura del Estado
Ley 21/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
Resumen
La Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea regula la seguridad en la aviación civil en España, estableciendo competencias y obligaciones para garantizar la seguridad y el orden en el transporte aéreo. Esta norma aplica a todas las aeronaves, productos y servicios relacionados con la aviación civil, así como a las personas y organizaciones que intervienen en su operación, y está vigente desde su publicación en el BOE.
Entre los puntos clave de la ley se destacan: la creación de un régimen de inspección y control por parte del Ministerio de Fomento, que incluye la supervisión de la seguridad operacional y la investigación de accidentes; la imposición de obligaciones de seguridad a todos los actores del sector, incluyendo personal aeronáutico y empresas; y la definición de un régimen sancionador para infracciones en materia de aviación civil, que abarca desde multas hasta la revocación de licencias. Además, se establece un marco para la colaboración con organismos internacionales y se refuerzan las competencias de la autoridad aeronáutica nacional. Esta ley no ha sido derogada y sigue en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 21/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-07-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 162, 2003-07-08
- Entrada en vigor
- 2003-07-28
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-12
- Artículos
- 144
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-13616
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil.
- Artículo 4. Competencias en materia de estructura y gestión del espacio aéreo y de la circulación aérea.
- Artículo 4 bis. Competencias en materia de infraestructuras militares abiertas al tráfico civil y salvaguarda de los intereses de la defensa en otros ámbitos.
- Artículo 5. Competencias del Ministerio de Fomento.
- Artículo 6. Coordinación entre los Ministerios de Defensa y de Fomento.
- Artículo 7. Competencias en materia de servicio meteorológico.
- Artículo 8. Circulares aeronáuticas.
- Artículo 9. Construcción y planificación de sistemas aeroportuarios.
- Artículo 10. Consejo Asesor de Aviación Civil.
- Artículo 11. Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.
- Artículo 12. Protección de la información del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.
- Artículo 13. La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil.
- Artículo 14. Composición y funciones.
- Artículo 15. Régimen jurídico de la investigación técnica de accidentes e incidentes de aviación civil y del funcionamiento de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incid…
- Artículo 16. Publicidad de los informes y recomendaciones y su seguimiento.
- Artículo 17. Coste de la búsqueda, recuperación, conservación y destino de los restos.
- Artículo 18. Carácter reservado de la información.
- Artículo 19. Cesión o comunicación de la información.
- Artículo 20. Concepto y alcance.
- Artículo 21. Adscripción y ejercicio.
- Artículo 22. Contenido de la función de inspección.
- Artículo 23. Transferencia de responsabilidades de inspección.
- Artículo 24. Actuaciones inspectoras.
- Artículo 25. Atribuciones de los inspectores.
- Artículo 26. Entidades y personal colaborador.
- Artículo 27. Procedimientos internos de verificación.
- Artículo 28. Documentación de las actuaciones de inspección.
- Artículo 29. Subsanación.
- Artículo 29 bis. Prohibición de presentar nuevas declaraciones o comunicaciones habilitantes para la realización de actividades aeronáuticas civiles.
- Artículo 30. Medidas extraordinarias.
- Artículo 31. Colaboración con la Unión Europea.
- Artículo 32. Sujetos de las obligaciones por razones de seguridad.
- Artículo 33. Obligaciones generales.
- Artículo 34. Obligaciones específicas del personal aeronáutico.
- Artículo 35. Obligacionese específicas de las entidades de diseño, producción y mantenimiento de las aeronaves y productos aeronáuticos.
- Artículo 36. Obligaciones específicas de los operadores aéreos.
- Artículo 37. Obligaciones específicas de las compañías aéreas y empresas de trabajos aéreos.
- Artículo 38. Obligaciones específicas de los proveedores civiles de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea.
- Artículo 39. Obligaciones específicas de los agentes y proveedores de servicios aeroportuarios.
- Artículo 40. Obligaciones de los gestores de aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias.
- Artículo 41. Obligaciones específicas de los pasajeros y otros usuarios de los servicios aeronáuticos.
- Artículo 42. Obligaciones específicas de las entidades colaboradoras en materia de inspección aeronáutica.
- Artículo 42 bis. Obligaciones específicas en relación con los riesgos a la seguridad, regularidad o continuidad de las operaciones.
- Artículo 43. Concepto y clases de infracciones.
- Artículo 44. Infracciones contra la seguridad de la aviación civil.
- Artículo 45. Infracciones en relación con el transporte y los trabajos aéreos.
- Artículo 45 bis. Infracciones en relación con la asistencia y compensación a los pasajeros.
- Artículo 45 ter. Infracciones en relación con la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas (‘‘UAS’’).
- Artículo 46. Infracciones relativas al transporte de mercancías peligrosas o sujetas a normas especiales por vía aérea.
- Artículo 47. Infracciones relativas a la disciplina del tráfico aéreo en materia de ruido.
- Artículo 47 bis. Infracciones en materia de servidumbres aeronáuticas no acústicas y otras medidas de protección de la navegación aérea.
- Artículo 47 ter. Infracciones en relación con la sostenibilidad del transporte aéreo.
- Artículo 48. Infracciones en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos.
- Artículo 48 bis. Infracciones en relación con control del tránsito aéreo.
- Artículo 48 ter. Infracciones en relación con la gestión de afluencia de tránsito aéreo (ATFM).
- Artículo 49. Infracciones en relación con la coordinación de los aeropuertos y la utilización de las franjas horarias.
- Artículo 50. Infracciones del deber de colaboración con la administración aeronáutica y de los deberes relativos a la protección y uso de la información.
- Artículo 51. Reincidencia.
- Artículo 52. Responsables de las infracciones.
- Artículo 53. Concurrencia de responsabilidades.
- Artículo 54. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 55. Sanciones.
- Artículo 56. Sanciones accesorias.
- Artículo 57. Otras medidas.
- Artículo 58. Órgano competente para la imposición de las sanciones.
- Artículo 59. Criterios para la graduación de las sanciones.
- Artículo 60. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 61. Aplicación de la legislación general.
- Artículo 62. Iniciación.
- Artículo 62 bis. Especialidades de la iniciación de determinados procedimientos sancionadores.
- Artículo 63. Medidas cautelares.
- Artículo 64. Instrucción.
- Artículo 65. Plazo para resolver y notificar.
- Artículo 66. Efectos de la resolución.
- Artículo 67. Multas coercitivas.
- Artículo 68. Ingresos de «Aena Aeropuertos, S.A.»
- Artículo 69. Gestión y cobro de los ingresos de «Aena Aeropuertos, S.A.» y sus sociedades filiales.
- Artículo 70. Ingresos de las sociedades filiales gestoras de aeropuertos.
- Artículo 71. Ingresos de las concesionarias de servicios aeroportuarios.
- Artículo 72. Definiciones.
- Artículo 73. Clasificación de los aeropuertos.
- Artículo 74. Obligados al pago.
- Artículo 75. Importes.
- Artículo 76. Recargo por ruido.
- Artículo 77. Obligados al pago.
- Artículo 78. Importes.
- Artículo 79. Obligados al pago.
- Artículo 80. Importe.
- Artículo 81. Descuentos y exenciones.
- Artículo 82. Obligados al pago.
- Artículo 83. Importe.
- Artículo 84. Obligados al pago.
- Artículo 85. Importe.
- Artículo 86. Obligados al pago.
- Artículo 87. Importe.
- Artículo 88. Obligados al pago.
- Artículo 89. Importe.
- Artículo 90. Prestación patrimonial pública por servicios meteorológicos.
- Artículo 91. Actualización y modificación.
- Artículo 92. Propuesta de actualización de las cuantías.
- Artículo 93. Información a las autoridades administrativas.
- Artículo 94. Tarifas aeroportuarias.
- Artículo 95. Principio general de no discriminación.
- Artículo 96. Autoridad de supervisión independiente.
- Artículo 97. Ámbito del procedimiento de consulta y supervisión.
- Artículo 98. Procedimiento de consulta.
- Artículo 99. Información suministrada.
- Artículo 100. Acuerdos sobre nivel de servicio y servicios personalizados.
- Artículo 101. Supervisión de la propuesta de modificación o actualización.
- Artículo 102. Procedimiento de transparencia y consulta.
- Artículo 103. Supervisión de la modificación.
- Artículo 104. Acuerdos sobre el nivel de servicio y servicios personalizados.
- Artículo 105. Régimen de transparencia y supervisión.
- Disposición adicional primera. Medios para la aplicación de la ley.
- Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
- Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
- Disposición adicional cuarta. Colaboración técnica.
- Disposición adicional quinta. Comisión Interministerial entre Defensa y Transportes (CIDETRA).
Normas que la modifican o afectan (39)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 21/2003?
- Ley 21/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 21/2003?
- El BOE registra 39 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 21/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.