Artículo 83. Importe.
Artículo 83 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. · BOE-A-2003-13616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
1. En los aeropuertos de Madrid-Barajas, Barcelona-El Prat, Alicante, Gran Canaria, Málaga-Costa del Sol, Palma de Mallorca, Tenerife Sur, Bilbao, Fuerteventura, Girona, Ibiza, Lanzarote, Menorca, Santiago, Sevilla, Tenerife Norte y Valencia, la cuantía de la contraprestación de estacionamiento, en función del peso y el tiempo de permanencia de la aeronave en posición de estacionamiento, será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
E = e*Tm*Ft
Donde:
E: contraprestación total a pagar por el servicio e: coeficiente unitario.
Tm: peso máximo al despegue de la aeronave, expresado en toneladas.
Ft: tiempo de estancia de la aeronave en posición de estacionamiento expresado en periodos de 15 minutos o fracción.
El importe de los coeficientes unitarios será el siguiente:
Aeropuerto
Por periodos de 15 minutos o fracción
Madrid-Barajas
0,117760 €
Barcelona-El Prat
0,112333 €
Alicante, Gran Canaria, Málaga-Costa del Sol, Palma de Mallorca y Tenerife Sur
0,111309 €
Bilbao, Fuerteventura, Girona, Ibiza, Lanzarote, Menorca, Santiago, Sevilla, Tenerife Norte y Valencia
0,061850 €
No obstante lo anterior, el importe máximo de la contraprestación de estacionamiento en los aeropuertos anteriormente citados no podrá ser superior a 1.488 € durante las primeras 24 horas de estancia.
A partir del segundo día de estancia, el importe máximo de la contraprestación de estacionamiento en los aeropuertos anteriormente citados no podrá ser superior a 811 € por cada 24 horas de estacionamiento adicionales.
2. En los aeropuertos de A Coruña, Albacete, Algeciras, Almería, Asturias, Badajoz, Burgos, Ceuta, Córdoba, Cuatro Vientos, Hierro, Huesca-Pirineos, FGL Granada-Jaén, Jerez, La Gomera, La Palma, León, Logroño, Melilla, Murcia-San Javier, Pamplona, Reus, Sabadell, Salamanca, San Sebastián, Seve Ballesteros-Santander, Son Bonet, Valladolid, Vigo, Vitoria, Zaragoza, y resto de aeropuertos que en fecha posterior puedan ser gestionados por Aena, S.A., las cuantías de la prestación de estacionamiento aplicables por día o fracción de tiempo superior a dos horas, en función del peso máximo al despegue, serán las siguientes:
Aeronaves con MTOW hasta 10 Tm
Aeronaves de más
de 10 Tm de MTOW
0-1,5 Tm
1,5-2,7 Tm
2,7-10 Tm
Todos Aeropuertos
14,72 €
19,62 €
21,58 €
0,881236 €/tm
mínimo: 21,58 €
Son Bonet (Julio y Agosto)
36,79 €
49,05 €
53,96 €
2,203091 €/tm
mínimo: 53,96 €
€ / día o fracción
€/ tm día o fracción
Para las aeronaves cuyo peso máximo al despegue sea inferior a 5 Tm las cuantías anteriores de la prestación de estacionamiento serán aplicables por día o fracción de tiempo superior a tres horas.
– Cuantías para abonos por mes natural:
Para obligados al pago que tengan algún contrato firmado con el aeropuerto donde se produce el estacionamiento:
Aeronaves con MTOW hasta 10 Tm
Aeronaves de más de 10 Tm de MTOW
0-1,5 Tm
1,5-2,7 Tm
2,7-10 Tm
Abono mensual
88,29 €
147,15 €
245,25 €
0,881236 €/tm * MTOW * 30
€ / mes
€ / mes
Para obligados al pago que no tengan contratos firmados con el aeropuerto donde se produce el estacionamiento:
Aeronaves con MTOW hasta 10 Tm
Aeronaves de más de 10 Tm de MTOW
0-1,5 Tm
1,5-2,7 Tm
2,7-10 Tm
Abono mensual
132,44 €
245,25 €
392,4 €
1,314540 €/tm * MTOW * 30
€ / mes
€ / mes
El pago del importe de los abonos, que únicamente serán válidos para cada aeropuerto en cuestión, se deberá realizar por anticipado entre los días 1 y 5 de cada mes.
Téngase en cuenta que esta última actualización del apartado 2 establecido por el art. 80.3 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre Ref. BOE-A-2015-11644#a80. entra en vigor el 1 de enero de 2016.
Redacción anterior:
"2. En los aeropuertos de A Coruña, Albacete, Algeciras, Almería, Asturias, Badajoz, Burgos, Ceuta, Córdoba, Cuatro Vientos, Hierro, Huesca-Pirineos, FGL Granada-Jaén, Jerez, La Gomera, La Palma, León, Logroño, Melilla, Murcia-San Javier, Pamplona, Reus, Sabadell, Salamanca, San Sebastián, Santander, Son Bonet, Valladolid, Vigo, Vitoria, Zaragoza, y resto de aeropuertos gestionados por Aena Aeropuertos S.A., las cuantías de la prestación de estacionamiento aplicables por día o fracción de tiempo superior a dos horas, en función del peso máximo al despegue, serán las siguientes:
– Cuantías generales:
Aeronaves con MTOW hasta 10 Tm
Aeronaves de más
de 10 Tm de MTOW
0-1,5 Tm
1,5-2,7 Tm
2,7-10 Tm
Todos Aeropuertos
15 €
20 €
22 €
0,898304 €/tm
mínimo: 22 €
Son Bonet (julio y agosto)
37,5 €
50 €
55 €
2,24576 €/tm
mínimo: 55 €
€/día o fracción
€/tm día o fracción
– Cuantías para abonos por mes natural:
Para obligados al pago que tengan algún contrato firmado con el aeropuerto donde se produce el estacionamiento:
Aeronaves con MTOW hasta 10 Tm
Aeronaves de más
de 10 Tm de MTOW
0-1,5 Tm
1,5-2,7 Tm
2,7-10 Tm
Abono mensual
90 €
150 €
250 €
0,898304 €/tm *
MTOW * 30
€/mes
€/mes
Para obligados al pago que no tengan contratos firmados con el aeropuerto donde se produce el estacionamiento:
Aeronaves con MTOW hasta 10 Tm
Aeronaves de más
de 10 Tm de MTOW
0-1,5 Tm
1,5-2,7 Tm
2,7-10 Tm
Abono mensual
135 €
250 €
400 €
1,34 €/tm * MTOW * 30
€/mes
€/mes
El pago del importe de los abonos, que únicamente serán válidos para cada aeropuerto en cuestión, se deberá realizar por anticipado entre los días 1 y 5 de cada mes."
3. Para aplicar los importes anteriores será requisito necesario que, durante el periodo de estacionamiento, la aeronave no esté ocupando posición de pasarela telescópica o de hangar.
A los efectos de aplicación de esta contraprestación se considera tiempo de estacionamiento el tiempo entre calzos.
Entre las cero y las seis, hora local, se interrumpirá el cómputo de tiempo a efectos de aplicación de la contraprestación.
Se modifica el apartado 2, con efectos de 1 de enero de 2016, por el art. 80.3 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre Ref. BOE-A-2015-11644#a80.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016..