Artículo 86. Obligados al pago.
Artículo 86 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. · BOE-A-2003-13616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-06.
Texto consolidado
Está obligada al pago de la prestación por uso de pasarelas la compañía aérea explotadora de la aeronave para cuyo embarque o desembarque del pasaje, se facilite la utilización de la pasarela o que haga uso de la posición de plataforma que impida la utilización de la pasarela por terceros usuarios.