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Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y se modifica el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas y el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

BOE-A-2011-14118 · Boletín Oficial del Estado, 2011-08-25 · Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 1189/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

El Real Decreto 1189/2011 regula el procedimiento para la emisión de informes y certificados de compatibilidad previos al establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos. Esta norma es aplicable a las comunidades autónomas que gestionan aeródromos que no son de interés general, y entró en vigor el 20 de agosto de 2011.

Entre los puntos clave, establece que las comunidades autónomas deben solicitar informes vinculantes a la Secretaría de Estado de Transportes y a la Dirección General de Aviación Civil antes de aprobar cualquier plan o modificación relacionada con aeródromos. Estos informes aseguran que las nuevas infraestructuras sean compatibles con el control del espacio aéreo y no afecten a las servidumbres aeronáuticas. Además, se especifica que los informes y certificados tendrán una vigencia de dos años, y si no se ejecutan las actuaciones autorizadas en ese plazo, se requerirá un nuevo informe. También se modifican otros decretos relacionados con la certificación de aeropuertos y servidumbres aeronáuticas para garantizar una regulación coherente. Esta norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1189/2011
Fecha de la disposición
2011-08-19
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 204, 2011-08-25
Entrada en vigor
2011-08-26
Departamento
Ministerio de la Presidencia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
30
Identificador BOE
BOE-A-2011-14118
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 149.1.20.ª de la Constitución atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de aeropuertos de interés general, por lo que las comunidades autónomas pueden asumir en sus estatutos competencias en relación con el resto de los aeródromos que no merezcan tal calificación, en particular y conforme a lo previsto en el artículo 148.1.6.ª, en relación con los aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.

Con base en esta distribución competencial las comunidades autónomas han ido asumiendo en sus estatutos competencias diversas en la materia que en las últimas modificaciones estatutarias se han concretado, en muchos casos, en la asunción de competencias exclusivas sobre aeropuertos y helipuertos que no tengan la calificación de interés general.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (4)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1189/2011?
Real Decreto 1189/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1189/2011?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1189/2011?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.