Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas.
BOE-A-2014-747 · Boletín Oficial del Estado, 2014-01-25 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 1/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula reformas en el ámbito de infraestructuras y transporte, así como otras medidas económicas, con el objetivo de mejorar la seguridad y eficiencia del sistema ferroviario y aéreo en España. Se aplica a empresas y administradores del sector ferroviario y aéreo, así como a los ciudadanos que utilizan estos servicios, desde su entrada en vigor el 25 de enero de 2014.
Entre los puntos clave, se establece la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, que será responsable de supervisar la seguridad en la circulación ferroviaria. Además, se modifican las leyes relacionadas con el sector ferroviario y aéreo para garantizar la seguridad y la correcta gestión de las infraestructuras, incluyendo la obtención de certificados de seguridad para las empresas ferroviarias. También se introducen medidas para mejorar el control de subvenciones al transporte regular de pasajeros en regiones no peninsulares, y se ajustan las tasas y retribuciones en el sector aéreo. Por último, se establecen cambios en la normativa fiscal, como la reducción del IVA en la venta de objetos de arte.
Esta norma no está derogada y sigue en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 1/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-01-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 22, 2014-01-25
- Entrada en vigor
- 2014-01-26
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-747
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La situación por la que está atravesando nuestro país exige la adopción de reformas que contribuyan a la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, en el plazo más corto posible.
Por ello, desde el inicio de esta legislatura se vienen adoptando importantes reformas en múltiples sectores, para incrementar su competitividad y su eficiencia.
En materia de transporte e infraestructuras desde el comienzo de la legislatura se han adoptado iniciativas normativas tendentes a reforzarlas, así como a adaptar sus reglas y procedimientos a las exigencias comunitarias, con el objetivo basal de incrementar la productividad, la competitividad y la eficiencia de todos los operadores involucrados.
Índice del articulado
- Artículo primero. Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
- Artículo segundo. Modificación de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.
- Artículo tercero. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Artículo cuarto. Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
- Artículo quinto. Modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
- Artículo sexto. Modificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión.
- Artículo séptimo. Modificación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Artículo octavo. Concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
- Artículo noveno. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Artículo décimo. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
- Artículo undécimo. Modificación de la ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
- Disposición adicional única. Relación de aeropuertos que forman parte de una misma área de captación del destino.
- Disposición transitoria primera. Normas transitorias en materia de implantación de los sistemas telemáticos en las bonificaciones al transporte regular de pasajeros.
- Disposición transitoria segunda. Normas transitorias en relación con las modificaciones en materia de autopistas en régimen de concesión y con los contratos de concesión.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 13 de febrero de 2014 |
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 1/2014?
- Real Decreto-ley 1/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 1/2014?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 1/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.