Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
BOE-A-2014-7064 · Boletín Oficial del Estado, 2014-07-05 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 8/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 8/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-07-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 163, 2014-07-05
- Entrada en vigor
- 2014-07-05
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 166
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-7064
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La grave recesión que desde 2008 venía experimentando la economía española, fruto de la acumulación de desequilibrios durante los años anteriores, ha hecho necesaria la adopción de profundas reformas urgentes para recuperar la senda de crecimiento. Reformas que se han insertado dentro de una estrategia de política económica basada en dos pilares: la consolidación fiscal y las reformas estructurales para impulsar la flexibilidad de los mercados y recuperar la competitividad de la economía española perdida desde la entrada en el euro.
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, para adaptar el Fondo para Operaciones de Inversión en e…
- Artículo 2. Programa de garantías del Instituto de Crédito Oficial para favorecer la financiación y la internacionalización de la empresa española.
- Artículo 3. Cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
- Artículo 4. Declaración de zonas de gran afluencia turística en los municipios que reuniesen en 2013 los requisitos del artículo 5.5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Hor…
- Artículo 5. Declaración de zonas de gran afluencia turística de la disposición adicional undécima del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la est…
- Artículo 6. Modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
- Artículo 7. Modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
- Artículo 8. Modificación de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
- Artículo 9. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 10. Definiciones.
- Artículo 11. Límites máximos a las tasas de intercambio.
- Artículo 12. Prohibición de la repercusión de gastos al ordenante.
- Artículo 13. Obligaciones de información al Banco de España.
- Artículo 14. Seguimiento.
- Artículo 15. Régimen sancionador.
- Artículo 16. Finalidad y objeto.
- Artículo 17. Gestión directa de los aeropuertos de interés general.
- Artículo 18. Cambio de denominación.
- Artículo 19. Definiciones en el ámbito aeroportuario.
- Artículo 20. Competencias, deber de colaboración y financiación.
- Artículo 21. Servicio de interés económico general.
- Artículo 22. Garantías para el mantenimiento de la red de aeropuertos de interés general.
- Artículo 23. Documento de Regulación Aeroportuaria.
- Artículo 24. Propuesta de Aena, S.A., de Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) y consultas.
- Artículo 25. Elaboración y propuesta de aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 26. Aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 27. Modificación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 28. Tratamiento de la información confidencial y deber de secreto.
- Artículo 29. Contenido del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 30. Servicios aeroportuarios básicos.
- Artículo 31. Supervisión y seguimiento del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA).
- Artículo 32. Régimen de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 33. Determinación del ingreso máximo anual por pasajero ajustado (IMAAJ).
- Artículo 34. Establecimiento de las tarifas aeroportuarias y procedimiento de transparencia y consulta de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 35. Información suministrada.
- Artículo 36. Acuerdos sobre el nivel de servicio y servicios personalizados.
- Artículo 37. Supervisión del procedimiento de transparencia y consultas.
- Artículo 38. Supervisión de las tarifas aeroportuarias aplicadas de forma discriminatoria.
- Artículo 39. Recursos de las compañías aéreas frente a la decisión de Aena, S.A., de modificación o actualización de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 40. Plazo para resolver y decisión provisional sobre la eficacia de las tarifas aeroportuarias.
- Artículo 41. Acceso a la información.
- Artículo 42. Procedimiento sancionador y responsabilidad administrativa.
- Artículo 43. Infracciones.
- Artículo 44. Sanciones.
- Artículo 45. Transparencia, consulta y supervisión en relación a las tarifas aeroportuarias de aeropuertos autonómicos y de titularidad privada.
- Artículo 46. Información a las autoridades administrativas.
- Artículo 47. Medidas compensatorias en materia de calidad acústica.
- Artículo 48. Modificación de los anexos.
- Artículo 49. Incentivos comerciales.
- Artículo 50. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
- Artículo 51. Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
- Artículo 52. Modificación de la ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales administrativas y del orden social.
- Artículo 53. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Artículo 54. Modificación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión.
- Artículo 55. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 56. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
- Artículo 57. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Artículo 58. Listado de operadores al por mayor de GLP con obligación de suministro domiciliario de gases licuados del petróleo envasados.
- Artículo 59. Sostenibilidad económica y financiera.
- Artículo 60. Retribución de las actividades reguladas.
- Artículo 61. Desajustes temporales entre ingresos y costes del sistema.
- Artículo 62. Retribución de las actividades reguladas de gas natural desde el 1 de enero de 2014 hasta la entrada en vigor del presente real decreto-ley.
- Artículo 63. Determinación de la retribución de la actividad de distribución de gas natural.
- Artículo 64. Determinación de la retribución de las actividades de regasificación, transporte y almacenamiento básico de gas natural.
- Artículo 65. Primer periodo regulatorio.
- Artículo 66. Costes del sistema gasista reconocidos para el año 2014 y siguientes.
- Artículo 67. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Artículo 68. Modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
- Artículo 69. Creación de un sistema nacional de obligaciones.
- Artículo 70. Reparto del objetivo ahorro anual.
- Artículo 71. Cumplimiento de las obligaciones y Certificados de Ahorro Energético.
- Artículo 72. Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
- Artículo 73. Organización, gestión y control del Fondo.
- Artículo 74. Dotación económica del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
- Artículo 75. Obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia en 2014.
- Artículo 76. Seguro de responsabilidad civil por parte de los proveedores de servicios energéticos.
- Artículo 77. Responsables.
- Artículo 78. Infracciones.
- Artículo 79. Infracciones en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
- Artículo 80. Infracciones en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de en…
- Artículo 81. Sanciones por las infracciones tipificadas en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
- Artículo 82. Sanciones por las infracciones tipificadas en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la e…
- Artículo 83. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 84. Competencia para instruir y resolver.
- Artículo 85. Naturaleza de las sanciones y responsabilidades
- Artículo 86. Procedimiento sancionador.
- Artículo 87. Objeto.
- Artículo 88. Ámbito de aplicación.
- Artículo 89. Principios generales.
- Artículo 90. Objetivos.
- Artículo 91. Necesidad de inscripción.
- Artículo 92. Creación y naturaleza.
- Artículo 93. Funciones del fichero.
- Artículo 94. Soporte.
- Artículo 95. Conjunto de datos.
- Artículo 96. Objeto de la inscripción.
- Artículo 97. Requisitos para la inscripción.
- Artículo 98. Procedimiento para la inscripción.
- Artículo 99. Lista única de demanda.
- Artículo 100. Obligaciones relativas a los datos.
- Artículo 101. Modificación de los datos y baja en el sistema.
- Artículo 102. Acceso, rectificación, cancelación y oposición.
- Artículo 103. Cesión de datos.
- Artículo 104. Objeto.
- Artículo 105. Requisitos y proceso de atención.
- Artículo 106. Medidas y acciones.
- Artículo 107. Bonificación por la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Artículo 108. Modificación de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
- Artículo 109. Contrato para la formación y el aprendizaje.
- Artículo 110. Revisión de las bonificaciones.
- Artículo 111. Creación de un fichero de datos de carácter personal.
- Artículo 112. Coordinación y seguimiento.
- Artículo 113. Normas aplicables a los procedimientos regulados en el capítulo I.
- Artículo 114. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
- Artículo 115. Referencias a los programas públicos de empleo y formación.
- Artículo 116. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
- Artículo 117. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
- Artículo 118. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
- Artículo 119. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- Artículo 120. Modificación del Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (33)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 8/2014?
- Real Decreto-ley 8/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 8/2014?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 8/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.