Disposición adicional cuarta. Asignación de medios a la Administración General del Estado.
Disposición adicional cuarta de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. · BOE-A-2013-5940
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-06.
Texto consolidado
1. En el plazo previsto en la Disposición adicional primera de esta Ley para la puesta en funcionamiento de la Comisión, el Gobierno aprobará las modificaciones necesarias en los reales decretos de desarrollo de la estructura orgánica básica de los Ministerios afectados.
2. La entrada en vigor de las modificaciones de los reales decretos de estructura a que hace referencia esta Disposición, no se producirá hasta que los presupuestos de los ministerios no se adecúen a la nueva distribución competencial, de acuerdo con lo establecido en la Disposición transitoria cuarta.
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- Ver la norma completa: Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.