Ley 17/1990, de 2 de noviembre, de Museos.
BOE-A-1990-28240 · Boletín Oficial del Estado, 1990-11-24 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 17/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 17/1990
- Fecha de la disposición
- 1990-11-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 282, 1990-11-24
- Entrada en vigor
- 1990-12-04
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 56
- Identificador BOE
- BOE-A-1990-28240
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente
LEY 17/1990, DE 2 DE NOVIEMBRE, DE MUSEOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Concepto de museo.
- Artículo 2. Concepto de colección.
- Artículo 3. Concepto de bien cultural.
- Artículo 4. Derechos dominicales.
- Artículo 5. Registro.
- Artículo 6. Función supervisora y de fomento.
- Artículo 7. Protección y custodia de los fondos.
- Artículo 8. Difusión de los fondos.
- Artículo 9. Salida de objetos.
- Artículo 10. Enajenación de objetos.
- Artículo 11. Documentación.
- Artículo 12. Acceso.
- Artículo 13. Reproducciones.
- Artículo 14. Personal.
- Artículo 15. Concepto de museo de administración pública.
- Artículo 16. Depósito de bienes de la Generalidad.
- Artículo 17. Traslado cautelar de los fondos de un museo.
- Artículo 18. Deber de colaboración.
- Artículo 19. Clases de museos.
- Artículo 20. Régimen jurídico y económico.
- Artículo 21. Funciones del órgano superior de gobierno.
- Artículo 22. Nombramiento de Directores y Administradores.
- Artículo 23. Declaración.
- Artículo 24. Efectos.
- Artículo 25. Definición.
- Artículo 26. Procedimiento de declaración.
- Artículo 27. Efectos.
- Artículo 28. Desarrollo por convenio.
- Artículo 29. Museos comarcales y museos locales.
- Artículo 30. Museos monográficos.
- Artículo 31. Acto de clasificación.
- Artículo 32. Apoyo del Departamento de Cultura.
- Artículo 33. Otros museos.
- Artículo 34. Servicios de atención a los museos.
- Artículo 34 bis. Redes territoriales de museos.
- Artículo 34 ter. Museos de apoyo territorial.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37. De las competencias de las comarcas.
- Artículo 38. De las competencias de los municipios.
- Artículo 39. Función y naturaleza.
- Artículo 40. Estructura.
- Artículo. 41. Función del Pleno de la Junta.
- Artículo 42. Competencias.
- Disposición adicional primera. Creación de diversos museos nacionales.
- Disposición adicional segunda. Museo de Arqueología de Cataluña.
- Disposición adicional tercera. Museo de Arte de Cataluña.
- Disposición adicional cuarta. Museo de la Ciencia y de la Técnica de Cataluña.
- Disposición adicional quinta. Transferencia de servicios de las Diputaciones provinciales.
- Disposición adicional sexta. Subrogación de los consejos comarcales.
- Disposición adicional séptima. Actualización de las sanciones.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición derogatoria.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 17/1990?
- Ley 17/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 17/1990?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 17/1990?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.