Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 17/1990, de 2 de noviembre, de Museos. · BOE-A-1990-28240
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-12-04.
Texto consolidado
Los museos en funcionamiento a la entrada en vigor de la presente Ley se inscribirán, de oficio o a petición del titular, en el Registro de Museos de Cataluña.