Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón.
BOA-d-2006-90038 · Boletín Oficial de Aragón, 2006-12-30 · Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto Legislativo 1/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2024-11-21.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial de Aragón núm. 149, 2006-12-30
- Entrada en vigor
- 2006-12-31
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2024-11-21
- Artículos
- 95
- Identificador BOE
- BOA-d-2006-90038
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
El artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Aragón, con su previsión de que una ley de Cortes de Aragón pudiera ordenar y regular la constitución de comarcas, realizó una apuesta decidida desde el más alto nivel normativo posible por una forma diversa de organización territorial de Aragón. La Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, fue el primer paso en el desarrollo de las previsiones estatutarias, y mediante su aprobación, las Cortes de Aragón ofrecieron un modelo de organización desde los puntos de vista procedimental, competencial, orgánico y financiero, modelo que tuvo la virtud de clarificar las diversas opciones teóricamente existentes a partir de la mención estatutaria y de ir preparando una siempre delicada labor de transición. En esa senda, la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón, cumplió las previsiones de la disposición…
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Texto Refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Naturaleza y fines de las comarcas.
- Artículo 2. Objeto de esta ley.
- Artículo 3. Potestades de las comarcas.
- Artículo 4. Territorio.
- Artículo 5. Denominación, capitalidad y sedes de los servicios.
- Artículo 6. Creación por ley.
- Artículo 7. Iniciativa de creación.
- Artículo 8. Resolución sobre la iniciativa comarcal.
- Artículo 9. Competencias propias.
- Artículo 10. Competencias delegadas y encomienda de funciones.
- Artículo 11. Planes y programas de ordenación del territorio y zonas de montaña.
- Artículo 12. Cooperación y asistencia a municipios.
- Artículo 13. Gestión por la comarca de servicios autonómicos.
- Artículo 14. Gestión por los municipios de servicios comarcales.
- Artículo 15. Derecho de participación de la comarca.
- Artículo 16. Ordenación del territorio y urbanismo.
- Artículo 17. Acción social.
- Artículo 18. Cultura.
- Artículo 19. Patrimonio cultural y tradiciones populares.
- Artículo 20. Artesanía.
- Artículo 21. Deporte.
- Artículo 22. Juventud.
- Artículo 23. Promoción del turismo.
- Artículo 24. Agricultura, ganadería y montes.
- Artículo 25. Sanidad y Salubridad pública.
- Artículo 26. Enseñanza.
- Artículo 27. Protección del medio ambiente.
- Artículo 28. Servicios de recogida y tratamiento de residuos urbanos.
- Artículo 29. Ferias y mercados comarcales.
- Artículo 30. Protección de los consumidores y usuarios.
- Artículo 31. Protección civil y prevención y extinción de incendios.
- Artículo 32. Energía, promoción y gestión industrial.
- Artículo 33. Transportes.
- Artículo 34. Gestión de subvenciones y ayudas.
- Artículo 35. Gestión de otros procedimientos administrativos.
- Artículo 36. Principios sobre el ejercicio de la potestad sancionadora.
- Artículo 37. Mancomunidades municipales existentes en la comarca.
- Artículo 38. Mancomunidades municipales cuyo ámbito territorial no coincida con la delimitación comarcal.
- Artículo 39. Creación, naturaleza y funciones.
- Artículo 40. Composición.
- Artículo 41. Funcionamiento.
- Artículo 42. Elaboración y Contenido de los decretos de transferencia de funciones y servicios.
- Artículo 43. Ritmos de transferencia.
- Artículo 44. Órganos de la comarca.
- Artículo 45. El Consejo comarcal.
- Artículo 46. Elección del Consejo comarcal.
- Artículo 47. Constitución del Consejo comarcal.
- Artículo 48. Elección del Presidente.
- Artículo 49. Inelegibilidades, incompatibilidades y recursos.
- Artículo 50. Duración del mandato de los miembros del Consejo.
- Artículo 51. Atribuciones de los órganos comarcales y régimen de funcionamiento.
- Artículo 52. Sesiones del Consejo comarcal.
- Artículo 53. Consulta a los ayuntamientos.
- Artículo 54. Participación ciudadana.
- Artículo 55. Régimen del personal al servicio de la Comarca.
- Artículo 56. Oferta de empleo público y selección de personal.
- Artículo 57. Relaciones de puestos de trabajo y movilidad del personal.
- Artículo 58. Situación de servicio en otras Administraciones Públicas.
- Artículo 59. Ingresos de la comarca.
- Artículo 60. Transferencias de la Comunidad Autónoma en favor de las comarcas. Principios generales.
- Artículo 61. Sección presupuestaria propia y su gestión.
- Artículo 62. Fondo de Cohesión Comarcal
- Artículo 63. Fondo para Gastos de Personal.
- Artículo 64. Programa de Política Territorial.
- Artículo 65. Valoración del coste del traspaso de funciones y servicios.
- Artículo 66. Fórmula de reparto comarcal.
- Artículo 67. Transferencias a las comarcas.
- Artículo 68. Territorialización de inversiones e Informe anual a las Cortes de Aragón.
- Artículo 69. Aportaciones de las provincias a la financiación de las comarcas.
- Artículo 70. Aportaciones de los municipios.
- Artículo 71. Naturaleza y composición.
- Artículo 72. Organización y funciones.
- Disposición adicional primera. Ejercicio efectivo de las competencias.
- Disposición adicional segunda. Mancomunidades de interés comarcal.
- Disposición adicional tercera. Consejos consultivos comarcales.
- Disposición adicional cuarta. Sociedades y consorcios de interés comarcal.
- Disposición adicional quinta. Medidas de fomento de la comarcalización.
- Disposición adicional sexta. Utilización de instalaciones municipales por la comarca.
- Disposición adicional séptima. Bienes adquiridos con cargo al Programa Territorial.
- Disposición adicional octava. Competencias de las diputaciones provinciales.
- Disposición adicional novena. Encomienda de gestión.
- Disposición adicional décima. Régimen económico especial de la Comarca de Zaragoza.
- Disposición adicional undécima. Asesoramiento técnico a las Administraciones comarcales.
- Disposición adicional duodécima. Adecuación de la legislación sectorial.
- Disposición adicional decimotercera. Gestión comarcal de las subvenciones específicas.
- Disposición adicional decimocuarta. Dotación mínima a transferir.
- Disposición adicional decimoquinta. Tramitación de expedientes y efectividad de traspasos.
- Disposición adicional decimosexta. Zaragoza y su área metropolitana.
- Disposición adicional decimoséptima. Unificación de divisiones comarcales.
- Disposición adicional decimoctava. Organización administrativa.
- Disposición adicional decimonovena. Referencias normativas.
- Disposición final única. Desarrollo reglamentario.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (9)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | Ley 8/1996, de 2 de diciembre |
| De conformidad con | el art. 5 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto |
| Deroga | Ley 10/1993, de 4 de noviembre |
| Deroga | Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. |
| Deroga | Ley 23/2001, de 26 de diciembre |
| Deroga | Disposición transitoria 4 de la Ley 25/2001, de 28 de diciembre |
| Deroga | Artículo 21 de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre |
| Deroga | art. 50 de la Ley 12/2004, de 29 de diciembre |
| Deroga | Ley 3/2006, de 8 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2006?
- Decreto Legislativo 1/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2024-11-21.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2006?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.