Artículo 53. Consulta a los ayuntamientos.
Artículo 53 del Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón. · BOA-d-2006-90038
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.
Texto consolidado
El reglamento orgánico comarcal regulará la convocatoria a los alcaldes de los municipios de la comarca, o concejales en quienes deleguen, para que puedan informar ante el Consejo comarcal sobre asuntos de especial interés para el municipio respectivo, antes de someterlos a la aprobación del Consejo.