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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 22. Juventud.

Artículo 22 del Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón. · BOA-d-2006-90038

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

Texto consolidado

En lo relativo a juventud, corresponde a las comarcas:

A) En lo que tiene que ver con asociación:

a) La promoción y fomento del asociacionismo juvenil.

b) El apoyo a las iniciativas formativas, de ocio y tiempo libre, culturales y artísticas de las asociaciones juveniles.

B) En cuanto al uso de infraestructuras, las comarcas coordinarán los usos de las residencias, albergues, campamentos juveniles y espacios físicos que permitan el desarrollo integral de los jóvenes de la comarca, todo ello en coordinación con los usos de dichas infraestructuras por jóvenes de otros lugares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

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