Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General.
BOE-A-1999-1828 · Boletín Oficial del Estado, 1999-01-26 · Ministerio de Sanidad y Consumo
Real Decreto 2828/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2828/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 22, 1999-01-26
- Entrada en vigor
- 1999-01-27
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 89
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-1828
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Pleno del Consejo General de los Colegios de Odontólogos y Estomatólogos ha tomado el acuerdo de remitir un proyecto de Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General al Ministerio de Sanidad y Consumo, a efectos de su aprobación por el Gobierno conforme a lo establecido en el artículo 6, apartados 2 y 5, de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- Disposición adicional única. Segregación de Juntas Provinciales.
- Disposición transitoria única. Integración o constitución de nuevos Colegios.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Composición de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología.
- Artículo 2. Naturaleza jurídica.
- Artículo 3. Emblema oficial y bandera.
- Artículo 4. Patronazgo.
- Artículo 5. Tratamiento legal.
- Artículo 6. Informes a la Administración.
- Artículo 7. Fines de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología.
- Artículo 8. Competencias generales de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología.
- Artículo 9. Competencias orgánicas.
- Artículo 10. Eficacia y nulidad.
- Artículo 11. Recursos.
- Artículo 12. Requerimientos para el ejercicio profesional de la Odontología y la Estomatología.
- Artículo 13. Incorporaciones.
- Artículo 14. Causas de incapacidad e inhabilitación.
- Artículo 15. Pérdida de la condición de colegiado.
- Artículo 16. Información al Consejo Generalyalos Consejos Autonómicos de las altas y bajas colegiales, y de sus causas.
- Artículo 17. Derechos de los colegiados.
- Artículo 18. Deberes de los colegiados.
- Artículo 19. Prohibiciones a los colegiados.
- Artículo 20. Ámbito territorial de los Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos.
- Artículo 21. Estatutos colegiales.
- Artículo 22. Órganos de gobierno y régimen electoral.
- Artículo 23. Secciones colegiales.
- Artículo 24. Constitución de los Consejos Autonómicos.
- Artículo 25. Organización y funciones de los Consejos Autonómicos.
- Artículo 26. Estatutos de los Consejos Autonómicos.
- Artículo 27. Naturaleza.
- Artículo 28. Estatutos del Consejo General.
- Artículo 29. Régimen de garantías de los cargos de la Organización Colegial de los Odontólogos y Estomatólogos.
- Artículo 30. Facultades de los cargos de la organización colegial.
- Artículo 31. Ausencias y desplazamientos de los cargos de la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología.
- Artículo 32. Incompatibilidades para el desempeño de cargos en la Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología.
- Artículo 33. Competencias.
- Artículo 34. Normativa aplicable.
- Artículo 35. Responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 36. Faltas disciplinarias.
- Artículo 37. Faltas leves.
- Artículo 38. Faltas graves.
- Artículo 39. Faltas muy graves.
- Artículo 40. Sanciones.
- Artículo 41. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 42. Procedimiento.
- Artículo 43. Competencia.
- Artículo 44. Naturaleza.
- Artículo 45. Competencias y funciones.
- Artículo 46. Composición del Consejo General.
- Artículo 47. Competencias.
- Artículo 48. Composición y cuota de votos.
- Artículo 49. Reuniones.
- Artículo 50. Competencias.
- Artículo 51. Composición.
- Artículo 52. Reuniones.
- Artículo 53. Competencias.
- Artículo 54. Reuniones.
- Artículo 55. Del Presidente.
- Artículo 56. Del Vicepresidente.
- Artículo 57. Del Secretario general.
- Artículo 58. Del Tesorero.
- Artículo 59. Del Vicesecretario-Vicetesorero.
- Artículo 60. Posibilidad de remuneración de los cargos unipersonales.
- Artículo 61. Duración y causas de cese de los cargos unipersonales.
- Artículo 62. Ocupación de cargos vacantes durante un mandato.
- Artículo 63. Cuestión de confianza.
- Artículo 64. Reprobación.
- Artículo 65. Censura.
- Artículo 66. Normativa aplicable.
- Artículo 67. Causas de convocatoria de elecciones y competencia.
- Artículo 68. Condiciones de elegibilidad.
- Artículo 69. Electores.
- Artículo 70. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación de cargos electos, y toma de posesión.
- Artículo 71. Recursos.
- Artículo 72. Personal ejecutivo y laboral.
- Artículo 73. Asesoría Jurídica.
- Artículo 74. Otros asesores.
- Artículo 75. Duración de las contrataciones.
- Artículo 76. Competencias.
- Artículo 77. Presupuestos y normativa presupuestaria.
- Artículo 78. Financiación.
- Artículo 79. Ejecución presupuestaria y control de cuentas.
- Disposición adicional primera. Libre prestación de servicios para profesionales de la Unión Europea.
- Disposición adicional segunda. Reforma de los Estatutos.
- Disposición transitoria primera. Elección de los miembros del Consejo Interautonómico.
- Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Interautonómico.
- Disposición transitoria tercera. Constitución de la Asamblea General y efectos en el Comité Ejecutivo.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2828/1998?
- Real Decreto 2828/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2828/1998?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2828/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.