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Real Decreto Vigente

Artículo 36. Faltas disciplinarias.

Artículo 36 del Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General. · BOE-A-1999-1828

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-27.

Texto consolidado

Las faltas disciplinarias se clasificarán en leves, graves y muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-27.

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